Artículo 6.o- El Jefe Administrativo colaborará con el Secretario Regional en todas aquellas materias relacionadas con el funcionamiento administrativo de la Secretaría, especialmente las relativas al manejo y ejecución del presupuesto, administración de personal, adquisiciones y mantenimiento de bienes.
Corresponderá a este mismo funcionario girar conjuntamente con el Secretario Regional los cheques que emita la Secretaría y visar las órdenes de compra y suscribirlas en los casos en que el Secretario Regional le delegue esta atribución.