Recibidos los autos en el Tribunal de Alzada, conocerá de ellos en cuenta, sin esperar la comparecencia de las partes, pudiendo si lo estima pertinente traer los autos en relación y en tal caso la causa gozará de preferencia para su vista.
Transcríbase a las Cortes de Apelaciones del país.
- Publíquese en el Diario Oficia.
ML-3537;