MODIFICA PLAN REGULADOR COMUNAL DE FRUTILLAR, SECTOR FRUTILLAR ALTO
Santiago, 26 de Junio de 1986.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 121.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 2° y 9° de la Ley No. 16.391 y 12° letra i) del DL No.
1.305 de 1976; los artículos 44° y 45° del DFL No. 458 (V. y U.), de 1975 Ley General de Urbanismo y Construcciones; el artículo 550 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización; el Decreto Alcaldicio No. 137, de 22 de Noviembre de 1985, de la I. Municipalidad de Frutillar; el Ordinario No. 098, de 21 de Abril de 1986, de la Secretaría Ministerial de Agricultura X Región de Los Lagos; el Ordinario No. 450, de 20 de Mayo de 1986, de la Secretaría Ministerial de Vivienda y Urbanismo X Región de Los Lagos; el Ordinario No. 259, de 04 de Junio de 1986, de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; y, los demás antecedentes que se acompañan,
Decreto:
Artículo 1°- Modificase el Plan Regulador Comunal de Frutillar, Sector Frutillar Alto, aprobado por DS No. 150 (V. y U.), de 12 de Septiembre de 1983, publicado en el Diario Oficial de 05 de Noviembre de 1983, en el sentido de ampliar el límite urbano, eliminar la Zona V, cambiar la zonificación, usos de suelo, condiciones de subdivisión predial y edificación por los de la Zona H-2 y DR, a los terrenos comprendidos dentro de la línea poligonal a-b-c-d-e-f-g-h-a; y, definir nuevos trazados viales y líneas oficiales, al rea delimitada por el polígono G-H-I-J-K-L-G de conformidad a lo graficado en el Plano FRU-02, denominado "Modificación Plan Regulador Comunal de Frutillar Sector Frutillar Alto", confeccionado a escala 1:5.000 por la I. Municipalidad de Frutillar, que por el presente decreto se aprueba.
Artículo 2°.- Modifícase asimismo, la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Frutillar en la siguiente forma:
A. En el artículo No. 6, 2: Sector Frutillar Alto, reempl zanse los puntos G-H-I-J-K-L y sus tramos respectivos por los siguientes nuevos puntos y tramos:
Punto Definición del punto Tramo Definición del tramo
G Intersección de
línea paralela
trazada a 400 m. al
Nor-Poniente de calle
A. Alessandri, con
línea paralela trazada
a 100 m al Nor-Oriente
del eje del pasaje
Valenzuela.
H Intersección de línea
paralela trazada a
100 m al Nor-Oriente
del eje del pasaje
Valenzuela y su
prolongación virtual
al Sur-Oriente con
línea equidistante
Punto Definición del
punto Tramo Definición
del tramo trazada
30 m al Poniente de
Línea Alta Tensión. G-H Línea paralela
trazada a 100 m.
al Nor-Oriente
del eje del pasaje
Valenzuela y su
prolongación virtual
al Sur-Oriente
entre los puntos
G y H descritos.
I Intersección do línea
equidistante trazada
a 30 m. al Poniente
de Línea de Alta
Tensión con línea
paralela trazada 30 m
al Nor-Poniente de
Línea de Alta Tensión. H-I Línea equidistante
trazada a30 m. al
Poniente de Línea
de Alta Tensión,
entre los puntos
H e Y descritos.
J Intersección de
línea paralela
trazada a 30 m al
Nor-Poniente de
Línea de Alta Tensión,
con línea paralela
trazada 50 m. al Sur
del eje de calle 11
de Septiembre. I-J Línea paralela
trazada a 30 m al
Nor-Poniente de
Línea de Alta
Tensión, entre los
puntos I y J
descritos.
K Intersección de
línea paralela
trazada a 50 m al
Sur del eje de calle
11 de Septiembre,
con línea paralela
trazada a 35 m al
Oriente del eje de
la Carretera
Panamericana. J-K Línea paralela
trazada a 50 m.
al Sur del eje de
calle 11 de
Septiembre, entre
los puntos J y K
descritos.
L Intersecciónde
línea paralelatrazada
a 35 m al Oriente
del eje de la
Carretera
panamericana, con
línea paralela
trazada a 400 m
al Nor-Poniente
del eje de calle
A. Alessandri. K-L Línea equidistante
trazada a35 m al
Oriente del eje de
la Carretera
Panamericana, entre
los puntos K y L
descritos.
L-G Línea paralela
trazada a 400 mal
Nor-Poniente del
eje de calle A.
Alessandri, entre
los puntos L y G
descritos.
B. Agrégase a continuación del artículo No. 21, el siguiente nuevo artículo No. 22:
"Artículo No. 22.- Las vías no estructurantes propuestas para el Sector Frutillar Alto y sus anchos entre líneas oficiales son los que a continuación se indican:
Nombre de la vía Tramo Ancho entre
líneas
oficiales
Calle Nueva 1 Entre calles 11 de
Septiembre y Carlos
Richter 20,00 m
Calle Nueva 2 Entre calle C.
Richter e
intersección con
calle Nueva 3 15,00 m
Calle Nueva 3 Entre intersección
con calle Nueva 2 y
empalme con calle
San Pedro 15,00 m
Artículo 3°.- Establécese para los terrenos que se incorporan al área urbana de Frutillar, los usos de suelo, condiciones de subdivisión predial y de edificación que para la Zona H-2 fija la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Frutillar.
Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Miguel A. Poduje Sapiaín, Ministro de Vivienda y Urbanismo.-
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Dios guarde a US.- Luis Salas Romo, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.