MODIFICA Y AMPLIA DECRETO Nº 678, DE 1980
Núm. 198.- Santiago, 07 de Agosto de 1986.- Visto: Las necesidades del Servicio; el Decreto Ley Nº 799 de 1974, modificado por el DFL Nº 12-2345, de 1979 y el DS MOP. Nº 294, de 1984, que fija el texto actualizado de la Ley Nº 15.840 de 1964 y;
Considerando:
1.- Que, por DS Nº 678 de 1980, se autorizó la circulación en días sábados por la tarde, domingos y festivos, de vehículos del Servicio Nacional de Obras Sanitarias.
2.- Que, los vehículos roles DAE Nºs. 12603, 10116, 03686 y 02939, han sido dados de baja por Resolución Nºs. 1146/84, 1356/84 y 1016/85, los que necesariamente deben ser reemplazados,
3.- Que, por la cantidad de emergencias y la atención de localidades geogr ficamente distantes entre sí, además de la incorporación de Servicios del Programa de Agua Potable Rural y nuevos Servicios Urbanos a SENDOS, es necesario contar con apoyo de movilización y transporte, para atender imprevistos y la explotación normal del Servicio;
Decreto:
Artículo primero.- Modifíquese el DS Nº 678 de 11.04.80, en la parte que indica VII Región, en el sentido de dejar sin efecto la autorización concedida a los vehículos roles DAE 12603, 10116, 03686 y 02939 y, reemplácense por los siguientes vehículos:
( Ver D.O. del Miércoles 19 de Noviembre de 1986; pág. ocho )
Artículo segundo.- Amplíese la autorización concedida por DS Nº 678 de 11.04.80, en tres vehículos, que atenderán las emergencias e imprevistos en las Provincias que indica:
( Ver D.O. del Miércoles 19 de Noviembre de 1986; pág. ocho )
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Bruno Siebert Held, Brigadier General, Ministro de Obras Públicas.- Ricardo García Rodríguez, Ministro del Interior.
Lo que transcribe a Ud., para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud.- Osvaldo Muñoz Ruiz Tagle, Secretario General subrogante.