CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA ZOILA ROSA Y A DOÑA NORA ELSA DEL VALLE NUÑEZ
Santiago, 25 de Noviembre de 1985.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 1.503.- Visto: Lo dispuesto en el Art. 32°, N° 13 de la Constitución Política de la República de Chile, en la Ley N° 18.056, el informe favorable emitido en reunión de fecha 10 de Octubre de 1985, de la Comisión Especial creada por Decreto Supremo N° 1.928, de 1981, de Interior, y
Considerando: Que doña Zoila Rosa y doña Nora Elsa del Valle Núñez, se encuentran en la situación prevista por el Art. 6°, de la Ley N° 18.056, la que ha sido debidamente calificada y en uso de la facultad privativa que la disposición citada me confiere,
Decreto:
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Zoila Rosa y a doña Nora Elsa del Valle Núñez, una pensión equivalente a un ingreso mínimo mensual de la Región Metropolitana de Santiago, a cada una, con derecho a acrecer.
El gasto que demande el presente Decreto Supremo, se imputará al Item "Jubilaciones, Pensiones y Montepíos", del Programa Operaciones Complementarias del Presupuesto vigente del Tesoro Público.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Ricardo García Rodríguez, Ministro del Interior.- Hernán Büchi Buc, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.