MODIFICA DECRETO N° 235, DE 1985
Santiago, 30 de Mayo de 1986.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 98.- Visto: El DS N° 235 (V. y U.), de 1985, publicado en el Diario Oficial de 06 de Febrero de 1986, que reglamenta sistema de participación de las instituciones del Sector Vivienda en el desarrollo de programas especiales de construcción de viviendas básicas que organicen personas jurídicas de derecho público o privado, destinadas a la atención de postulantes inscritos en el Registro que regula el DS N° 62 (V. y U.), de 1984; el artículo 21 inciso cuarto de la Ley N° 16.391, y las facultades que me confiere el número 8° del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile,
Decreto;
Artículo único.- Modifícase el DS N° 235 (V. y U.), de 1985, en el sentido de reemplazar en el inciso segundo de su artículo 4° la frase "Estos créditos se otorgarán a los postulantes en Unidades de Fomento,", por la frase "Estos créditos se otorgarán a los postulantes en Unidades de Fomento o en Indice de Valor Promedio.".
Por razones de urgencia la Contraloría General de la República se servirá tomar razón del presente decreto en el plazo de cinco días.
Anótese, tómese razón y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Miguel A. Poduje Sapiaín, Ministro de vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Dios guarde a US.- Luis Salas Romo, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.