FIJA TASAS DE DERECHOS A ACTOS DEL DL N° 2.306, DE 1978 Y LEY N° 17.798, SOBRE RECLUTAMIENTO Y MOVILIZACION DE LAS FUERZAS ARMADAS Y CONTROL DE ARMAS Y EXPLOSIVOS
Santiago, 05 de Diciembre de 1985.- Con esta fecha se ha dictado lo siguiente:
Núm. 119.- Visto:
a) Lo dispuesto en el artículo 90 del DL N° 2.306, de 1978, modificado por el artículo 26 del DL N° 2.398, de 1978;
b) Lo dispuesto en el artículo 26, inciso 1° y 2o de la Ley N° 17.798, agregado por el artículo 1° del DL N° 2.553, de 1979;
c) Lo dispuesto en el N° 8 del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile;
d) La Resolución N° 1.050, de 1980, de la Contraloría General de la República; y
e) Lo propuesto por la Dirección General de Movilización Nacional.
Decreto:
1.- Fijanse para regir en el 1er. semestre de 1986, las siguientes tasas de derechos a las diligencias y actuaciones relacionadas con el DL N° 2.306, de 1978 y Ley N° 17.798 sobre Reclutamiento y Movilización de las Fuerzas Armadas y Control de Armas y Explosivos, respectivamente, de acuerdo al siguiente detalle:
a) Diligencias relacionadas con el DL N° 2.306, de 1978:
1.- Comprobante de Inscripción $ 30,00
2.- Reinscripción $ 55,00
3.- Duplicado de Inscripción $ 55,00
4.- Certificado de Situación Militar $ 75,00
5.- Solicitud de Anticipo $ 190,00
6.- Solicitud de Postergación $ 600,00
7.- Solicitud de Curso Especial $ 600,00
8.- Solicitud de Exclusión $ 600,00
9.- Solicitud de Exención $ 600,00
10.- Solicitud de Amnistía $ 375,00
11.- Solicitud de Rectificación de Nombres
y/o Datos Militares $ 200,00
12.- Solicitud de Indulto por Infracción
al DL N° 2.306, de 1978 $ 110,00
13.- Resolución de Disponibilidad $ 1.200,00
14.- Certificación Pase a la Reserva
Sin Instrucción Militar
de Disponibles $ 545,00
15.- Certificado de Exclusión $ 435,00
16.- Otras Actuaciones no Expresadas en Tabla $ 190,00
17.- Solicitudes en la Reserva para Oficiales:
a.- Solicitud de nombramiento o ascenso
en la reserva $ 435,00
b - Solicitud de Cambio de Institución
en la reserva $ 325,00
c.- Solicitud de Cambio de Escalafón
en la reserva $ 325,00
d.- Solicitud de llamado al Servicio
Activo $ 270,00
e.- Título de grado de Oficial de
Reserva $ 270,00
18.- Solicitudes en la Reserva para el
Cuadro Permanente:
a.- Solicitud de nombramiento o
ascenso en la reserva $ 75,00
b.- Solicitud de Cambio de Institución
en la reserva $ 65,00
c.- Solicitud de Cambio de Escalafón
en la reserva $ 65,00
d.- Solicitud de llamado al servicio
activo $ 55,00
e.- Título de grado de Cuadro
Permanente $ 55,00
b) Diligencias relacionadas con la Ley N° 17.798:
Item Solicitud Tasa
SOLICITUD DE INSCRIPCION CON RESOLUCION DE LA DIRECCION GENERAL DE MOVILIZACION NACIONAL Y CERTIFICADO DE INSCRIPCION ANUAL DE LA AUTORIDAD FISCALIZADORA
1 * Solicitud para instalar o ampliar
fábrica y armadurías $ 4.080,00
2 * Solicitud para construir o legalizar
polvorines:
a.- Gran Minería $ 4.080,00
b.- Pequeño minero, empresas
constructoras y contratistas $ 1.580,00
c.- Pirquinero $ 790,00
3 * Solicitud para instalar planta
mezcladora de Nitrato $ 4.080,00
4 * Solicitud para inscribirse en los
Registros Nacionales de:
IMPORTADORES, EXPORTADORES,
COMERCIANTES, CONSUMIDORES HABITUALES
DE EXPLOSIVOS O PRODUCTOS QUIMICOS,
REPARADORES DE ARMAS Y MAQUINAS
RECARGADORAS (cada rubro) $ 4.080,00
5 Solicitud de pequeños mineros,
pirquineros, empresas constructoras
y contratistas para inscribirse en
el Registro de Consumidor Habitual
de Explosivos $ 570,00
6 * Solicitud para inscribirse en el
Registro de Deportistas o
Coleccionistas $ 2.160,00
7 Solicitud de actualización de datos
en el Registro de Deportistas y
Coleccionistas $ 160,00
SOLICITUD PAPA INSCRIBIRSE ANTE
LA AUTORIDAD FISCALIZADORA
8 Solicitud para inscribirse en el
Registro de Reparadores de armas de
fuego $ 1.250,00
Item Solicitud Tasa
9 Solicitud para inscribirse en el
Registro de propietarios de m quinas
recargadoras de cartuchos para
escopetas (caza) $ 4.080,00
SOLICITUD PARA RENOVAR INSCRIPCION
ANUAL ANTE LA AUTORIDAD FISCALIZADORA
10 Solicitud para renovar inscripción
anual de fábrica y Armadurías $ 3.380,00
11 Solicitud para renovar inscripción
anual de polvorines de:
a.- Gran Minería $ 3.550,00
b.- Pequeño minero, empresas
constructoras y contratistas $ 1.380,00
c.- Pirquinero (polvorines móviles) $ 680,00
12 Solicitud para renovar inscripción
anual de Planta mezcladora de Nitrato $ 3.380,00
13 Solicitud para renovar la inscripción
anual de IMPORTADORES, EXPORTADORES,
COMERCIANTES, CONSUMIDORES HABITUALES
DE EXPLOSIVOS O PRODUCTOS QUIMICOS,
REPARADORES DE ARMAS Y MAQUINAS
RECARGADORAS
(Cada rubro) $ 3.380,00
14 Solicitud de pequeños mineros,
pirquineros, empresas constructoras
y contratistas para renovar inscripción
anual de consumidor habitual de
explosivos $ 470,00
15 Solicitud para renovar la inscripción
anual de Reparadores de armas de fuego $ 1.040,00
16 Solicitud para renovar la inscripción
anual de propietarios de máquinas
recargadoras de cartuchos de escopeta
(caza) $ 3.380,00
17 Solicitud para renovar la inscripción
anual de Deportistas o Coleccionistas $ 1.730,00
SOLICITUD PARA INSCRIBIR ARMAS DE FUEGO
18 Solicitud para inscribir un arma de
uso permitido $ 380,00
19 Solicitud para actualizar datos de
inscripción de arma, de permiso para
portar arma y de Deportistas y
Coleccionistas $ 160,00
SOLICITUD PARA PORTAR ARMA DE FUEGO
20 Solicitud para portar un arma corta
para defensa personal (revólver y
pistola) $ 4.080,00
21 Solicitud para portar escopetas para
práctica de la caza deportiva $ 1.890,00
22 Solicitud para portar un rifle calibre
22 para caza deportiva, sólo en la XI
y XII Región $ 1.140,00
23 Solicitud de Renovación de permiso
para portar una arma corta $ 2.640,00
24 Solicitud de Renovación de permiso para
portar escopeta para caza deportiva $ 1.220,00
25 Solicitud de Renovación de permiso
para portar un rifle calibre 22 para
caza deportiva sólo en la XI y XII
Región $ 740,00
26 Solicitud de Actualización de datos
en los permisos para portar armas de
fuego $ 160,00
SOLICITUD PARA ADQUIRIR ELEMENTOS
SOMETIDOS A CONTROL
Comerciantes inscritos:
27 Solicitud para adquirir y comercializar
armas de uso permitido $ 4.080,00
28 Solicitud de Clubes deportivos para
adquirir y comercializar cartuchos
para armas de uso permitido $ 950,00
29 Solicitud para adquirir y comercializar
máquinas y elementos para recargar
cartuchos para escopeta (caza) $ 950,00
30 Solicitud para adquirir y comercializar
cartuchos de uso industrial $ 950,00
31 Solicitud para adquirir y comercializar
explosivos, artificios o fuegos
artificiales y luces de señales $ 950,00
32 Solicitud para adquirir y comercializar
productos químicos sometidos a control
y fuegos artificiales $ 950,00
Particulares:
33 Solicitud para adquirir un arma
permitida, para uso personal $ 2.870,00
34 Solicitud para adquirir hasta 200
cartuchos calibre 22 $ 160,00
35 Solicitud para adquirir hasta un
máximo de 100 cartuchos para pistola
y revólveres $ 380,00
36 Solicitud para adquirir cartuchos
para escopeta (personal sin P.P.A.C.) $ 380,00
37 Solicitud para adquirir un arma ya
inscrita (transferencia) $ 2.090,00
38 Solicitud para adquirir una máquina
recargadora de cartuchos para escopeta $ 2.090,00
39 Solicitud para adquirir accesorios o
repuestos para sus armas $ 950,00
40 Solicitud de pequeños mineros y empresas
constructoras para adquirir explosivos,
productos químicos y fuegos
artificiales $ 190,00
Empresas:
41 Solicitud para adquirir explosivos o
productos químicos so metidos a control $ 1.250,00
42 Solicitud de empresas inscritas en
el rubro Consumidor Habitual de
Explosivos "In Situ" para adquirir
hasta 50 toneladas (fabricado en la
faena) $ 1.250,00
43 Solicitud para adquirir armas para
Servicios de Vigilantes Privados
autorizados por Decreto del Ministerio
del Interior $ 4.080,00
44 Solicitud para adquirir cartuchos
para armas de Servicios de Vigilantes
Privados autorizados $ 380,00
45 Solicitud para fabricar productos
sometidos a control $ 1.050,00
46 Solicitud para cambiar envases ya
autorizados $ 570,00
GUIA DE LIBRE TRANSITO
47 Solicitud de Guía de Libre Tránsito
(empresas, comerciantes y clubes
deportivos) para transportar o remitir
elementos so metidos a control $ 660,00
Item Solicitud Tasa
48 Solicitud de Guía de Libre Tránsito
(pequeños mineros, pirquineros y empresas
constructoras) para transportar o enviar
explosivos, productos químicos y fuegos
artificiales $ 100,00
49 Solicitud de Guía de Libre Tránsito
(particulares) $ 190,00
LICENCIA PARA MANIPULAR EXPLOSIVOS
50 Solicitud de empresas o de particulares
para obtener o renovar Licencia para
Manipular explosivos en la especialidad
"Programador Calculista" (cada
Licencia) $ 1.910,00
51 Solicitud de empresas para obtener o
renovar Licencia para Manipular
Explosivos en diferentes especialidades
(cada Licencia) $ 380,00
52 Solicitud de pirquineros o canteros
independientes para obtener o renovar
Licencia para Manipular Explosivos
(cada Licencia) $ 290,00
IMPORTACION DE ELEMENTOS SOMETIDOS A CONTROL
Armas de fuego:
53 Solicitud para importar armas de uso
permitido $ 4.080,00
54 Solicitud para importar armas de calibres
especiales destinados a caza mayor $ 4.080,00
55 Solicitud para importar armas destinadas
a tiro de concurso (sólo para deportistas
inscritos) $ 4.080,00
56 Solicitud para importar repuestos,
accesorios o réplicas de armas que
funcionan aprovechando los gases de
la pólvora (sólo calibres permitidos) $ 3.890,00
M quinas herramientas:
57 Solicitud para importar máquinas
recargadoras de cartuchos de caza $ 4.080,00
58 Solicitud para importar herramientas
de disparo para cartuchos industriales
(para destapar hornos, anclaje, lanza
cables, matanza de ganado y luces de
señales) $ 4.080,00
59 Solicitud para importar otras
herramientas de disparo $ 4.080,00
Municiones:
60 Solicitud para importar cartuchos hasta
calibre 44 (proyectil único) $ 4.080,00
61 Solicitud para importar cartuchos
para caza (proyectiles múltiples) $ 4.080,00
62 Solicitud para importar cartuchos para
armas de concurso de calibres especiales $ 4.080,00
63 Solicitud para importar cartuchos
para armas de caza mayor (de calibres
especiales) $ 4.080,00
64 Solicitud para importar fulminantes,
pólvora de caza y vainillas con o sin
fulminantes colocados $ 4.080,00
Cartuchos Industriales para herramientas
de disparo:
65 Solicitud para importar cartuchos para
destapar hornos, anclajes, lanza-cables,
matanza de ganado y luces de señales $ 4.080,00
66 Solicitud para importar otros
cartuchos de uso industrial $ 4.080,00
Explosivos para la minería y Obras
Públicas:
67 Solicitud para importar altos explosivos
artificios o iniciadores $ 4.080,00
Productos Químicos para la industria:
68 Solicitud para importar productos químicos
sometidos a control $ 4.080,00
Fuegos Artificiales:
69 Solicitud para importar fuegos
artificiales $ 4.080,00
INTERNACION DE ELEMENTOS SOMETIDOS A
CONTROL:.
Armas de fuego:
70 Solicitud para internar un revólver o
una pistola $ 2.090,00
71 Solicitud para internar un rifle
calibre 22 $ 3.140,00
72 Solicitud para internar una escopeta $ 890,00
73 Solicitud para internar un cañón de
repuesto para armas de uso permitido $ 880,00
74 Solicitud para internar un cajón de los
mecanismos, básculas o cuerpos de armas
de uso permitido $ 880,00
75 Solicitud para internar un arma para
caza mayor $ 4.080,00
76 Solicitud para internar repuestos,
accesorios o réplicas de armas de fuego $ 1.670,00
Máquinas de Herramientas:
77 Solicitud para internar una máquina
recargadora de cartuchos de caza $ 1.250.00
78 Solicitud para internar una herramienta
de disparo para destapar hornos,
anclajes, lanza-cables, matanza de
ganado y luces de señales $ 2.090,00
Item Solicitud Tasa
79 Solicitud para internar otras máquinas
herramientas $ 2.090,00
Municiones:
80 Solicitud para internar cada 1.000
cartuchos para armas cortas (hasta
calibre 44) $ 630,00
81 Solicitud para internar cada 5.000
cartuchos calibre 22 $ 1.890,00
82 Solicitud para internar cada 10.000
cartuchos para escopeta $ 1.890,00
83 Solicitud para internar cada 500
cartuchos especiales para caza mayor
(proyectil único) $ 950,00
84 Solicitud para internar cada 1.000
cartuchos para concurso (proyectil
único) $ 950,00
85 Solicitud para internar fulminantes,
pólvora de caza y vainillas con o
sin fulminantes colocados $ 3.140,00
Cartuchos industriales para m quinas
herramientas:
86 Solicitud para internar cada 10.000
cartuchos industriales para destapar
hornos, anclajes, matanza de ganado,
lanza cables y luces de señales $ 380,00
87 Solicitud para internar otros
cartuchos industriales $ 380,00
Explosivos:
88 Solicitud para internar cada 10
toneladas de altos explosivos $ 4.080,00
89 Solicitud para internar cada 10.000
unidades de artificios e iniciadores
(detonadores, c psulas Nonel Primadets,
conectores, A.P.D., etc.) $ 660,00
90 Solicitud para internar cada 10.000
metros de cordón detonante, mecha
para minas o cordón de ignición $ 280,00
91 Solicitud para internar otros
explosivos $ 4.080,00
Productos químicos sometidos a control:
92 Solicitud para internar cada 10
toneladas de aluminio en polvo $ 2.090,00
93 Solicitud para internar cada 10
toneladas de Nitrato de Amonio $ 520,00
94 Solicitud para internar cada 10
toneladas de Pentaeritritol $ 520,00
95 Solicitud para internar Cada 10
toneladas de Nitrocelulosa $ 520,00
96 Solicitud para internar otros
productos químicos sometidos a control $ 520,00
Fuegos Artificiales:
97 Solicitud para internar fuegos
artificiales $ 520,00
ARMAS Y/O MUNICIONES INCLUIDOS EN
EQUIPAJE (SIN PERMISO PARA IMPORTAR).
98 Solicitud para internar un arma de
uso permitido $ 4.080,00
99 Solicitud para internar cartuchos
de calibres permitidos $ 4.080,00
100 Solicitud para efectuar espectáculos
pirotécnicos $ 4.050,00
EXPORTACIONES.
101 Solicitud para exportar productos
sometidos a control $ 1.050,00
102 OTRAS SOLICITUDES NO CONSIDERADAS
EN ESTE DECRETO $ 940,00
2.- Las solicitudes mencionadas precedentemente deberán ser presentadas por cada ítem a las Autoridades Fiscalizadoras nombradas en el artículo 4° de la Ley N° 17.798. Estas autoridades est n representadas por las Comandancias de Guarnición de Ejército o Navales y donde éstas no existan, por las Unidades de Carabineros de mayor jerarquía.
3.- Los derechos que afectan a las solicitudes antes citadas se pagarán de acuerdo con los procedimientos administrativos, que establezca la Dirección General de Movilización Nacional, la que también emitirá instrucciones a las Autoridades Fiscalizadoras respecto a las rendiciones de cuenta de los valores recaudados, las que en todo caso deberán efectuarse el primer día hábil de Cada mes.
4.- Las solicitudes correspondientes a los Items del 1 al 6 y del número 53 al 101 son resueltos por el Director General de Movilización Nacional. Para este efecto las Autoridades Fiscalizadoras remitirán las solicitudes antes citadas a dicha Repartición Ministerial.
Las solicitudes correspondientes a los demás ITEMS, serán resueltos por las propias Autoridades Fiscalizadoras. Con estas solicitudes ya tramitadas, la Autoridad elaborará un Informe Mensual sobre Devolución de Formularios, y lo remitirá a la Dirección General adjuntando todas las solicitudes que motivaron el informe, antes del día 5 de cada mes.
5.- Los ítems N°s. 1, 2, 3, 4 y 6 marcados con un asterisco ( * ) requerir n diligencias previas a la inscripción, que estarán afectas además a los derechos que establezcan por Resolución la Dirección General de Movilización Nacional, en conformidad al artículo 26 inciso 3° de la Ley N° 17.798.
6.- Las tasas de los derechos indicados precedentemente regirán desde la publicación del presente Decreto Supremo. Su vigencia expirará con la publicación del Decreto Supremo correspondiente al segundo semestre de 1986.
7.- La Dirección General de Movilización Nacional podrá exonerar el pago de todo o parte de los derechos que establece la presente Tabla, a los ciudadanos residentes en el extranjero o en caso de pobreza comprobada, ambos en casos calificados y sólo respecto al DL N° 2.306, de 1978 sobre Reclutamiento y Movilización de las Fuerzas Armadas.
Tómese razón, registrese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y Boletines Oficiales del Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros y Policía de Investigaciones de Chile.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Ministro de Defensa Nacional.- Hernán Büchi Buc, Ministro de Hacienda.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Renato Fuenzalida Maechel, Brigadier, Subsecretario de Guerra.