ESTABLECE ORDEN DE SUBROGACION PARA CARGOS QUE INDICA EN EL SERVICIO NACIONAL DE TURISMO
Núm. 421.- Santiago, 02 de Diciembre de 1985.- Visto: Lo dispuesto en el DL N° 1.224, de 1975; artículo 3° del DL N° 1.608, de 1976; artículo 23, inciso segundo, del DFL N° 338, de 1960; y Resolución N° 600, de 1977, de la Contraloría General de la República.
Decreto:
Artículo 1°.- Establécese el siguiente orden de Subrogación respecto a los cargos del Servicio Nacional de Turismo que a continuación se indican:
A.- Subrogación del Subdirector de Desarrollo.
1.- Subdirector de Operaciones y Control.
2.- Subdirector Regional.
3.- Fiscal.
B.- Subrogación del Subdirector de Operaciones y Control.
1.- Subdirector de Desarrollo.
2.- Subdirector Regional.
3.- Fiscal.
C.- Subrogación del Subdirector Regional.
1.- Subdirector de Desarrollo.
2.- Subdirector de Operaciones y Control.
3.- Fiscal.
D.- La subrogación del Fiscal corresponderá al Subdirector Regional.
Artículo 2°.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22° del Decreto ley N° 1.224, de 1975, en caso de ausencia o impedimento del Director Nacional, será subrogado por el Subdirector que aquél designe.
Anótese, tómese razón y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Juan Carlos Délano Ortúzar, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Jorge Valenzuela Durán, Coronel de Ejército, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.