CANCELA PERSONALIDAD JURIDICA A JUNTAS DE VECINOS QUE INDICA
Santiago, 27 de Mayo de 1985.- Hoy se decretó lo que sigue:
No. 713.- Visto: Estos antecedentes y lo dispuesto en la Ley No. 16.880 en relación con las disposiciones correspondientes del decreto supremo de Interior 227, de 1976, modificado por decretos supremos No. s 145, de 1977 y 591, de 1980,
Decreto:
Cancélase la Personalidad Jurídica a las Juntas de Vecinos que indica:
- "Bellavista", Unidad Vecinal No. 1, Comuna de Tocopilla, aprobada por decreto supremo de Interior No.
1.682, de fecha 28 de Octubre de 1970, Expediente 1690/70, II Región, publicado en el Diario Oficial No.
27.811 de fecha 1 de Diciembre de 1970.
- "Villa Prat - Covadonga", Unidad Vecinal No. 2, Comuna de Tocopilla, aprobada por decreto supremo de Interior No. 1.633, de fecha 23 de Octubre de 1970, Expediente 1691/70, II Región, publicado en el Diario Oficial No. 27.811 de 01 de Diciembre de 1970.
- "Villa Esmeralda", Unidad Vecinal No. 3, Comuna de Tocopilla, aprobada por decreto supremo de Interior No. 325 de fecha 13 de Marzo de 1973, Expediente 8895/73, II Región, publicado en el Diario Oficial No.
28.518 de 02 de Abril de 1973.
- "Patricio Lynch", Unidad Vecinal No. 6, Comuna de Tocopilla, aprobada por decreto supremo de Interior No.
1.633 de fecha 23 de Octubre de 1970, Expediente 1694/70, II Región, publicado en el Diario Oficial No.
27.811 de 01 de Diciembre de 1970.
- "Carlos Condell", Unidad Vecinal No. 7, Comuna de Tocopilla, aprobada por decreto supremo de Interior No.
1.633 de fecha 23 de Octubre de 1970, Expediente 1695/70, II Región, publicado en el Diario Oficial No.
27.811 de 01 de Diciembre de 1.970.
- "Manuel Rodríguez", Unidad Vecinal No. 8, Comuna de Tocopilla, aprobada por decreto supremo de Interior No. 1.682 de fecha 28 de Octubre de 1970, Expediente 1696/70, II Región, publicado en el Diario Oficial No.
27.811 de 01 de Diciembre de 1970.
- "Sotomayor Colectivos", Unidad Vecinal No. 9, Comuna de Tocopilla, aprobada por decreto supremo de Interior No. 1.682 de fecha 28 de Octubre de 1970, Expediente 1697/70, II Región, publicado en el Diario Oficial No. 27.811 de 01 de Diciembre de 1970.
- "Población Esmeralda", Unidad Vecinal No. 10, Comuna de Tocopilla, aprobada por decreto supremo de Interior No. 1.633 de fecha 23 de Octubre de 1970, Expediente 1698/70, II Región, publicado en el Diario Oficial No. 27.811 de 01 de Diciembre de 1970.
- "Bernardo O'Higgins y Domingo Latrille", Unidad Vecinal No. 18, Comuna de Tocopilla, aprobada por decreto supremo de Interior No. 1.633 de fecha 23 de Octubre de 1970, Expediente 1705/70, II Región, publicado en el Diario Oficial No. 27.811 de 01 de Diciembre de 1970.
- "Costanera", Unidad Vecinal No. 19, Comuna de Tocopilla, aprobada por decreto supremo de Interior No.
1.682 de fecha 28 de Octubre de 1970, Expediente 1706/70, II Región, publicado en el Diario Oficial No.
27.811, de 01 de Diciembre de 1970.
Las organizaciones antes citadas acusan no poseer bienes.
Inscríbase en los registros correspondientes.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Ricardo García Rodríguez, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
División de Municipalidades - Departamento Legal
Cursa con alcance decreto No. 713, de 1985, del Ministerio del Interior
No. 15.492.- Santiago, 4 de Julio de 1985.
Esta Contraloría General ha tomado razón del decreto del rubro, mediante el cual se cancela la personalidad jurídica de las Juntas de Vecinos que indica, por encontrarse en general ajustada a las normas que le sirven de fundamento.
No obstante, cumple con hacer presente que, en lo sucesivo, deberá indicarse en la parte resolutiva del decreto de cancelación, la causal en que se fundamenta la medida, de conformidad con el decreto No. 227, de 1976, de Interior.
Saluda atentamente a US.- Osvaldo Iturriaga Ruiz, Contralor General.
Al señor Ministro del Interior Presente