CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA LORENA RUTH RODRIGUEZ LADO
Santiago, 9 de Junio de 1993.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 837.- Visto: Lo dispuesto en el Art. 32 N° 13, de la Constitución Política de la República de Chile, en la Ley N° 18.056, el Informe favorable emitido en reunión de fecha 13 de Mayo de 1993, de la Comisión Especial, creada por Decreto Supremo N° 1.928, de 1981, de Interior, y
Considerando: Que doña Lorena Ruth Rodríguez Lado, se encuentra en la situación prevista en el Art. 2°, letra c), de la Ley N° 18.056,
Decreto:
Artículo primero: Concédese, por Gracia, a doña Lorena Ruth Rodríguez Lado, una pensión equivalente a un ingreso mínimo mensual, debiendo considerarse que el monto del ingreso mínimo para estos efectos, es aquel a que hace referencia el inciso 1° del artículo 5 de la Ley N° 18.647, que se emplea para fines no remuneracionales.
Artículo segundo: Se faculta a doña Ruth Marta Lado Sobarzo, madre de la beneficiaria, para cobrar la pensión en su representación.
El gasto que demande el presente Decreto Supremo, se imputará al Item "Jubilaciones, Pensiones y Montepíos", del Programa Operaciones Complemetarias del Presupuesto vigente del Tesoro Público.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese, PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Enrique Krauss Rusque, Ministro del Interior.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Belisario Velasco Baraona, Subsecretario del Interior.