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Decreto 858

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Decreto 858

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Decreto 858 PROMULGA EL ACUERDO CON ECUADOR SOBRE SUPRESION DE VISAS EN LOS PASAPORTES ESPECIALES

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Decreto 858

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Promulgación: 09-JUL-1991

Publicación: 19-OCT-1991

Versión: Única - 19-OCT-1991

Materias: Exención de Visa Chile-Ecuador, Familiares del Personal de Misiones Diplomáticas

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PROMULGA EL ACUERDO CON ECUADOR SOBRE SUPRESION DE VISAS EN LOS PASAPORTES ESPECIALES

    N° 858

    PATRICIO AYLWIN AZOCAR
    Presidente de la República de Chile

    POR CUANTO, con fecha 26 de septiembre de 1990 los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y del Ecuador concertaron, por Cambio de Notas, el Acuerdo sobre Supresión de Visas en los Pasaportes Especiales.
    Y POR CUANTO, dicho Acuerdo ha sido aceptado por mí, previa aprobación del Congreso Nacional, según consta en el oficio N° 916 del Honorable Senado, de 11 de abril de 1991.

    POR TANTO, en uso de la facultad que me confieren los artículos 32 N° 17 y 50 N° 1) de la Constitución Política de la República, dispongo y mando que se cumpla y lleve a efecto como Ley y que se publique copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

    DADO en la Sala de mi despacho y refrendado por el Ministro de Estado en el Departamento de Relaciones Exteriores, a los nueve días del mes de Julio de mil novecientos noventa y uno.
    Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Enrique Silva Cimma, Ministro de Relaciones Exteriores.
    Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Aliro Verdugo Lay, Director General Administrativo.
    N° 23472GM/SAB
    Quito, 26 de septiembre de 1990
    Señor Ministro:
    Tengo a honra avisar recibo de la atenta Nota de Vuestra Excelencia número 18193, de esta fecha, que dice:
    "Señor Ministro:
    Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia en relación con el Acuerdo de Supresión de Visas en los Pasaportes Diplomáticos y Oficiales, de 19 de agosto de 1966, con el objeto de proponerle que dicho tratamiento incluya a los Pasaportes Especiales otorgados por los Gobiernos de Chile y del Ecuador.
    Si el Gobierno de Vuestra Excelencia concordare con lo anteriormente expresado, la Nota de Vuestra Excelencia junto con la presente Nota constituirán un Acuerdo entre ambos Estados, el cual entrará en vigencia en la fecha de la última notificación de una de las partes en que comunique a la otra la aprobación correspondiente.
    Aprovecho la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi más alta y distinguida consideración. Enrique Silva Cimma, Ministro de Relaciones Exteriores".
    Al expresar la conformidad del Gobierno del Ecuador con lo antes transcrito, tengo a honra manifestarle que la presente y la Nota de Vuestra Excelencia constituyen un Acuerdo entre nuestros países.
    Hago propicia la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia los sentimientos de mi más alta y distinguida consideración.
    Diego Cordovez Al Excelentísimo señor Enrique Silva Cimma Ministro de Relaciones Exteriores de Chile, Ciudad Conforme con su original.- Edmundo Vargas Carreño, Subsecretario de Relaciones Exteriores.

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 19-OCT-1991
19-OCT-1991
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Proyecto original

1.- Relativo a la supresión de visas en los pasaportes especiales celebrado con el gobierno de la República del Ecuador el 26 de Septiembre de 1990. (Boletín N° 247-10)

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