FIJA LOS LIMITES DE PUNTO, ZONA DE ESPERA DE PRACTICO, ESTACIONES DE TRANSFERENCIA Y RUTAS DE ENTRADA Y SALIDA DE PUERTO
(Resolución)
Ordinario No. 12.600/161 VRS.- Valparaíso, 14 de Mayo de 1986.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 5°, 29, 34 y siguientes de la Ley de Navegación, aprobada por DL No. 2.222, de 21 de mayo de 1978; y, en el ejercicio de las atribuciones que me confieren los arts. 47 y 48 del Reglamento de Practicaje y Pilotaje, aprobado por DS (M) No. 397, de 08 de mayo de 1985,
Resuelvo:
1.- Fíjanse para los fines prescritos en el Título V del DS (M) No. 397, de 1985, los siguientes límites de los puertos que se indican:
ARICA: Dos líneas paralelas orientadas al 336° verdadero, que parten del Faro Península Alacrán y cumbre del Cerro Ciudadela; para cerrar el área se tomará una línea orientada al 060° verdadero, trazada a una milla y media del Faro Península Alacrán.
PISAGUA: El área interior formada por una línea que une Punta Pichalo con Punta Pisagua, y otra orientada el EW. verdadero, pasando por el Morrito.
JUNIN: El área comprendida entre la costa y una línea que une Punta Landgren con Punta Junín.
CALETA BUENA: El área interior comprendida por una línea trazada de Punta Rabo de Ballena y un punto geográfico en Lat. 19° 53' 49" S. y Long. 70° 08' 45" W.
IQUIQUE: El área interior comprendida entre los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 20° 11' 10" S Long. 70° 09' 30" W.
2) Lat. 20° 11' 10" S Long. 70° 08' 09" W.
3) Lat. 20° 12' 05" S Long. 70° 09' 30" W.
PATILLOS: El área interior comprendida por una línea que une Punta Cotitira con Punta Patillos.
TOCOPILLA: El área comprendida dentro de la zona formada por el Meridiano Tangente a Punta Algodonales y una línea orientada al 280° verdadero que pasa por la parte N, del Cementerio Nuevo.
MEJILLONES: El área comprendida dentro de la zona formada por el meridiano NS. verdadero, que pasa por el cementerio; con el paralelo E.W. verdadero que pasa por la Caleta.
ANTOFAGASTA: El área comprendida dentro de la zona formada por el paralelo que pasa por la Roca Abel por el Norte, el meridiano que pasa a 2 cables al W. del Molo occidental; y por el Sur el paralelo que pasa por el arranque del Molo Sur del Puerto Artificial.
COLOSO: El área comprendida dentro de la zona formada por el paralelo que pasa por el punto geográfico Lat. 23° 44' 17" S, y Long, 70° 27' 28" W. y el meridiano de Punta Coloso.
TALTAL: El área comprendida entre la costa y una línea que une Punta Hueso Parado con Islote Puntilla.
CHAÑARAL: El área comprendida entre el paralelo que pasa por el Cementerio y el meridiano que pasa por la Punta Rocosa y Blanca notable.
CALDERA: El área comprendida al SE. de la línea que une Punta Caldera con Punta Francisco.
CALDERILLA: El área interior comprendida entre Caldereta y Punta Zorro.
HUASCO: El área interior comprendida dentro de la línea que une la desembocadura del río Huasco y el Islote Blanco; incluye los terminales marítimos de Guacolda y Santa Bárbara.
CRUZ GRANDE: El área comprendida por una línea que une Punta Medanitos con Punta Mostacilla.
COQUIMBO: El área comprendida entre el paralelo que pasa por el Morro Pelicanos y el meridiano que pasa por el Puente Negro.
GUAYACAN: El área interior comprendida dentro de la línea que une Punta Miedo y Punta Herradura.
QUINTERO: El área interior comprendida entre Punta Liles y Punta Ventanilla.
VALPARAISO: El área comprendida entre la línea que une la Roca Baja con Punta Gruesa.
SAN ANTONIO: El área comprendida por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 33° 34' 17" S Long. 71° 38' 37" W.
2) Lat. 33° 34' 17" S Long. 71° 37' 35" W.
3) Lat. 33° 34' 56" S Long. 71° 37' 20" W.
4) Lat. 33° 34' 56" S Long, 71° 38' 37" W.
CONSTITUCION: El área comprendida por el meridiano que pasa por la Piedra de la Iglesia y el paralelo 35° 19'00" S.
TOME: El área comprendida entre el meridiano que pasa por la Punta Montecristo y el paralelo 36° 38' S.
PENCO: El área al Este del meridiano que pasa tangente a la puntilla oriental de la desembocadura del Río Andalién, y al Sur, paralelo que pasa Punta Lirquén.
LIRQUEN: El área al Este del meridiano que pasa tangente a la puntilla oriental de la desembocadura del Río Andalién, y al Sur, paralelo que pasa por Punta Lirquén.
TALCAHUANO: El área comprendida por una línea que une el Faro Molo Marinao con Faro Banco Belén por el Norte, y el meridiano que pasa por el Faro Banco Belén hacia Isla de los Reyes.
SAN VICENTE: El área interior que une Punta Pardo y Punta Gualpén.
CORONEL: El área interior formado por una línea que une el Faro Puchoco con las rocas de Playa Negra.
LOTA: El área encerrada por una línea que une Lutrín con el Islote Lobos.
LEBU: El área encerrada por una línea que une Punta Millaneco con el lado W. de la Isla Huapi y la línea al 330° verdadero sobre el Cementerio.
CORRAL: El área interior comprendida entre la línea que une Roca El Conde con Faro Morro Niebla por el norte y Punta Mal Paso con Punta Piojo por el Este.
ANCUD: El área encerrada por una línea que une Punta Ahui con la tangente norte de la Isla Cochinos y el meridiano de la Isla Cochinos por el Este.
PUERTO MONTT: El área encerrada por el meridiano que pasa por el Muelle del Frigorífico al meridiano 72° 59' W. y el paralelo 41° 29' 42" S. a la costa norte.
CHAITEN: El área encerrada entre el meridiano que pasa por Punta Pichi Nichi y el paralelo que pasa por Punta García de la Isla Puduguapi.
CHACABUCO: El área interior encerrada por una línea en la tangente Norte de la Punta Oeste y la tangente de la Península Fontaine Punta Noroeste.
EDEN: El área comprendida entre los paralelos 49° 08' 00" S. y 49° 10' 00" S. y el meridiano que pasa sobre los Islotes EVA 74° 24' 18" W.
GUARELLO: El área interior formada por el Meridiano que pasa por baliza Este Isla López y paralelo que pasa por baliza Weste de Isla Ruiz.
NATALES: El área del Canal Señorte, comprendida por el paralelo de Punta Baja por el norte y el paralelo que pasa por los Islotes Cisnes por el sur.
BORIES: El área del Canal Señoret, comprendida por el paralelo de Punta Baja por el sur y el meridiano de Punta Mila por el norte.
PUNTA ARENAS: El área comprendida por el meridiano que pasa por la Punta Arenosa por el este y el paralelo 53° 11' 20" por el sur.
CABO NEGRO: El área interior comprendida entre el paralelo sobre el Faro Cabo Thorax y el meridiano sobre el Faro Isla Isabel.
PERCY: El área interior comprendida entre el paralelo 52° 55' 42" S. y los meridianos 70° 14' 00" W y 70° 18' 00" S.
CLARENCIA: El área interior comprendida entre el paralelo 52° 56' 00" S. y el meridiano 70° 10' 00" W.
GREGORIO: El área interior comprendida entre el paralelo 52°38'52" S. y el meridiano 70° 08' 00" W.
PUERTO WILLIAMS: El área interior que une Boya Banco Herradura con el Faro Punta Truco anterior.
2.- Fíjanse, dentro de los límites determinados en punto anterior y para efectos de practicaje, las siguientes zonas de espera de Práctico, para los puertos que se indican:
ARICA: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 18° 27' 13" S. Long. 70° 20' 30" W.
2) Lat. 18° 26' 40" S. Long. 70° 19' 32" W.
3) Lat. 18° 27' 08" S. Long. 70° 19' 19" W.
4) Lat. 18° 27' 40" S. Long. 70° 20' 18" W.
PISAGUA: En un punto al 335° y a distancia de 5,5 cables del Muelle de Pasajeros.
JUNIN: En un punto al 347° y a distancia de 6 cables de Punta Junín.
CALETA BUENA: En un punto al 000° y a distancia de 4 cables de Roca Blanca.
IQUIQUE: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos;
1) Lat. 20° 11' 10" S. Long. 70° 09' 30" W.
2) Lat. 20° 11' 10" S. Long. 70° 09' 11" W.
3) Lat. 20° 11' 25" S. Long. 70° 09' 11" W.
4) Lat. 20° 11' 25" S. Long. 70° 09' 30" W.
PATILLOS: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 20° 44' 18" S. Long. 70° 11' 56" W.
2) Lat. 20° 44' 20" S. Long. 70° 11' 43" W.
3) Lat. 20° 44' 37" S. Long. 70° 11' 46" W.
4) Lat. 20° 44' 36" S. Long. 70° 11' 59" W.
TOCOPILLA: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 22° 04' 28" S. Long. 70° 12' 52" W.
2) Lat. 22° 04' 33" S. Long. 70° 12' 33" W.
3) Lat. 22° 04' 52" S. Long. 70° 12' 33" W.
4) Lat. 22° 04' 47" S. Long. 70° 12' 52" W.
MEJILLONES: Una área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 23° 04' 10" S. Long. 70° 26' 44" W.
2) Lat. 23° 04' 10" S. Long. 70° 25' 26" W.
3) Lat. 23° 06' 00" S. Long. 70° 25' 20" W.
4) Lat. 23° 05' 00" S. Long. 70° 26' 44" W.
ANTOFAGASTA: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 23° 37' 37" S. Long. 70° 24' 37" W.
2) Lat. 23° 37' 37" S. Long. 70° 24' 18" W.
3) Lat. 23° 38' 07" S. Long. 70° 24' 18" W.
4) Lat. 23° 38' 07" S. Long. 70° 24' 37" W.
COLOSO: En un punto al 067° y a distancia de 3 cables de Punta Coloso.
TALTAL: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 25° 23' 58" S. Long. 70° 29' 42" W.
2) Lat. 25° 23' 50" S. Long. 70° 29' 33" W.
3) Lat. 25° 24' 09" S. Long. 70° 29' 17" W.
4) Lat. 25° 04' 16" S. Long. 70° 29' 33" W.
CHAÑARAL: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 26° 20' 13" S. Long. 70° 40' 05" W.
2) Lat. 26° 20' 13" S. Long. 70° 39' 38" W.
3) Lat. 26° 20' 39" S. Long. 70° 39' 38" W.
4) Lat. 26° 20' 39" S. Long. 70° 40' 05" W.
CALDERA: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 27° 02' 46" S. Long. 70° 50' 48" W.
2) Lat. 27° 02' 33" S. Long. 70° 50' 25" W.
3) Lat. 27° 02' 52" S. Long. 70° 50' 12" W.
4) Lat. 27° 03' 06" S. Long. 70° 50' 35" W.
CALDERILLA: En un punto al 323° y a distancia de 5.0 cables de Punta Caldereta.
HUASCO: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 28° 26' 57" S. Long. 71° 14' 35" W.
2) Lat. 28° 26' 51" S. Long. 71° 14' 11" W.
3) Lat. 28° 27' 12" S. Long. 71° 14' 03" W.
4) Lat. 28° 27' 20" S. Long. 71° 14' 26" W.
COQUIMBO: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 29° 55' 56" S. Long. 71° 20' 36" W.
2) Lat. 29° 55' 56" S. Long. 71° 20' 02" W.
3) Lat. 29° 56' 25" S. Long. 71° 20' 02" W.
4) Lat. 29° 56' 25" S. Long. 71° 20' 36" W.
QUINTERO: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos;
1) Lat. 32° 44' 58" S. Long. 71° 30' 21" W.
2) Lat. 32° 44' 58" S. Long, 71° 30' 46" W.
3) Lat. 32° 45' 25" S. Long, 71° 30' 21" W.
4) Lat. 32° 45' 25" S. Long. 71° 30' 21" W.
VALPARAISO: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 33° 01' 12" S. Long, 71° 37' 19" W.
2) Lat. 33° 01' 15" S. Long. 71° 36' 35" W.
3) Lat. 33° 01' 40" S. Long. 71° 36' 40" W.
4) Lat. 33° 01' 35" S. Long. 71° 37' 25" W.
SAN ANTONIO: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 33° 34' 33" S. Long. 71° 38' 37" W.
2) Lat. 33° 34' 33" S. Long. 71° 38' 09" W.
3) Lat. 33° 34' 56" S. Long. 71° 38' 09" W.
4) Lat. 33° 34' 56" S. Long. 71° 38' 37" W.
TOME: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 36° 37' 36" S. Long. 73° 58' 29" W.
2) Lat. 36° 38' 00" S. Long. 73° 57' 55" W.
3) Lat. 36° 37' 36" S. Long. 73° 58' 29" W.
4) Lat. 36° 38' 00" S. Long, 73° 57' 55" W.
PENCO: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 36° 41' 54" S. Long. 73° 00' 28" W.
2) Lat. 36° 41' 54" S. Long. 72° 59' 50" W.
3) Lat. 36° 42' 24" S. Long. 72° 59' 50" W.
4) Lat. 36° 42' 24" S. Long. 73° 00' 28" W.
LIRQUEN: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 36° 41' 54" S. Long. 73° 00' 28" W.
2) Lat. 36° 41' 54" S. Long. 72° 59' 50" W.
3) Lat. 36° 42' 24" S. Long. 72° 59' 50" W.
4) Lat. 36° 42' 24" S. Long. 73° 00' 28" W.
TALCAHUANO: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 36° 42' 00" S. Long. 73° 05' 14" W.
2) Lat. 36° 42' 00" S. Long. 73° 04' 51" W.
3) Lat. 36° 42' 18" S. Long. 73° 04' 51" W.
4) Lat. 36° 42' 18" S. Long. 73° 05' 14" W.
SAN VICENTE: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 36° 44' 00" S. Long. 73° 10' 18" W.
2) Lat. 36° 44' 00" S. Long. 73° 09' 40" W.
3) Lat. 36° 44' 30" S. Long. 73° 09' 40" W.
4) Lat. 36° 44' 30" S. Long. 73° 10' 18" W.
CORONEL: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 37° 01' 50" S. Long. 73° 10' 05" W.
2) Lat. 37° 02' 04" S. Long. 73° 09' 38" W.
3) Lat. 37° 02' 07" S. Long. 73° 10' 16" W.
4) Lat. 37° 02' 20" S. Long. 73° 09' 49" W.
LOTA: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 37° 05' 52" S. Long. 73° 10' 35" W.
2) Lat. 37° 05' 48" S. Long. 73° 10' 22" W.
3) Lat. 37° 06' 04" S. Long. 73° 10' 28" W.
4) Lat. 37° 05' 58" S. Long. 73° 10' 15" W.
CORRAL: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 39° 52' 05" S. Long. 73° 24' 52" W.
2) Lat. 39° 52' 02" S. Long. 73° 24' 30" W.
3) Lat. 39° 52' 15" S. Long. 73° 24' 32" W.
4) Lat. 39° 52' 18" S. Long. 73° 24' 51" W.
PUERTO MONTT: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 41° 29' 03" S. Long. 72° 56' 56" W.
2) Lat. 41° 29' 03" S. Long. 72° 56' 24" W.
3) Lat. 41° 29' 26" S. Long. 72° 56' 56" W.
4) Lat. 41° 29' 26" S. Long. 72° 56' 24" W.
CHACABUCO: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 45° 28' 03" S. Long. 72° 50' 18" W.
2) Lat. 45° 28' 03" S. Long. 72° 49' 45" W.
3) Lat. 45° 28' 27" S. Long. 72° 49' 45" W.
4) Lat. 45° 28' 27" S. Long. 72° 50' 18" W.
EDEN: En un punto situado al 096° y a distancia de 6,2 cables del Faro Isla Carlos.
GUARELLO: Zona recomendada de fondeo a la gira para naves mayores, en un punto situado al 100° y a distancia de 1,5 millas del Faro Islote Guía.
NATALES: En un punto situado al 057° y a 3,8 cables del Faro Islotes Cisnes.
BORIES: En un punto situado al 057° y a 3,8 cables del Faro Islotes Cisnes.
PUNTA ARENAS: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 53° 10' 54" S. Long. 70° 54' 08" W.
2) Lat. 53° 10' 54" S. Long. 70° 54' 28" W.
3) Lat. 53° 11' 19" S. Long. 70° 54' 28" W.
4) Lat. 53° 11' 19" S. Long. 70° 54' 08" W.
CABO NEGRO: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 52° 55' 17" S. Long. 70° 47' 38" W.
2) Lat. 52° 55' 17" S. Long. 70° 47' 59" W.
3) Lat. 52° 56' 42" S. Long. 70° 47' 59" W.
4) Lat. 52° 56' 42" S. Long. 70° 47' 38" W.
PERCY: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 53° 55' 30" S. Long. 70° 10' 00" W.
2) Lat. 53° 55' 30" S. Long. 70° 09' 00" W.
3) Lat. 53° 56' 00" S. Long. 70° 09' 00" W.
4) Lat. 53° 56' 00" S. Long. 70° 10' 00" W.
CLARENCIA: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 53° 55' 30" S. Long. 70° 10' 00" W.
2) Lat. 53° 55' 30" S. Long. 70° 09' 00" W.
3) Lat, 53° 56' 00" S. Long. 70° 09' 00" W.
4) Lat. 53° 56' 00" S. Long. 70° 10' 002" W.
GREGORIO: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 52° 38' 22" S. Long. 70° 11' 17" W.
2) Lat. 52° 38' 22" S. Long. 70° 09' 30" W.
3) Lat. 52° 38' 52" S. Long. 70° 09' 30" W.
4) Lat. 52° 38' 52" S. Long. 70° 11' 17" W.
PUERTO WILLIAMS: Un área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 54° 54' 14" S. Long. 67° 35' 25" W.
2) Lat. 54° 54' 21" S. Long. 67° 34' 55" W.
3) Lat. 54° 54' 30" S. Long. 67° 35' 40" W.
4) Lat. 540 54' 38" S. Long. 67° 35' 10" W.
3.- Fíjanse, para efectos de pilotaje, las siguientes Estaciones de Transferencias de Prácticos:
ANCUD: En una área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 41° 47' 45" S. Long. 73° 52' 00" S.
2) Lat. 41° 47' 45" S. Long. 73° 49' 33" W.
3) Lat. 41° 49' 12" S. Long. 73° 49' 33" W.
4) Lat. 41° 49, 12" W. Long. 73° 52' 00" W.
LAITEC: En una área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
a) Para naves menores de 40 pies de calado:
1) Lat. 43° 15' 28" S. Long. 73° 40' 00" W.
2) Lat. 43° 15' 28" S. Long. 73° 38' 30" W.
3) Lat. 43° 16' 42" S. Long. 73° 38' 38" W.
4) Lat. 43° 16' 42" S. Long. 73° 40' 00" W.
b) Para naves mayores de 40 pies de calado:
1) Lat. 43° 19' 00" S. Long. 73° 39' 00" W.
2) Lat. 43° 19' 00" S. Long. 73° 35' 00" W.
3) Lat. 43° 20' 30" S. Long. 73° 35' 00" W.
4) Lat. 43° 20' 30" S. Long. 73° 39' 00" W.
PUNTA ARENAS: En una área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 53° 10' 54" S. Long. 70° 54' 08" W.
2) Lat. 53° 10' 54" S. Long. 70° 54' 28" W.
3) Lat. 53° 11' 19" S. Long. 70° 54' 28" W.
4) Lat. 53° 11' 19" S. Long. 70° 54' 08" W.
BAHIA POSESION: En una área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 52° 19' 00" S. Long. 69° 02' 00" W.
2) Lat. 52° 19' 00" S. Long. 69° 55' 00" W.
3) Lat. 52° 21' 00" S. Long. 68° 55' 00" W.
4) Lat. 52° 21' 00" S. Long. 69° 02' 00" W.
POSESION EN TRACK DE NAVEGACION: En el track de navegación en un punto ubicado en las siguientes coordenadas geográficas:
1) Lat. 52° 22' 13" S.
2) Long. 69° 02' 00" W.
NOTA: Sobre máquinas en coordinación con los Prácticos.
CABO SAN PIO: En una área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 55° 07' 30" S. Long. 66° 34' 00" W.
2) Lat. 55° 07' 30" S. Long. 66° 32' 10" W.
3) Lat. 55° 08' 30" S. Long. 66° 32' 10" W.
4) Lat. 55° 08' 30" S. Long. 66° 34' 00" W.
NOTA: Sobre máquinas.
PASO RICHMOND: En una área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 55° 20' 30" S. Long. 66° 41' 45" W.
2) Lat. 55° 20' 30" S. Long. 66° 40' 00" W.
3) Lat. 55° 21' 30" S. Long. 66° 40' 00" W.
4) Lat. 55° 21' 30" S. Long. 66° 41' 45" W.
NOTA: Sobre máquinas.
CABO DE HORNOS: En una área delimitada por los siguientes puntos geográficos:
1) Lat. 56° 00' 15" S. Long. 67° 16' 45" W.
2) Lat. 56° 00' 15" S. Long. 67° 15' 00" W.
3) Lat. 56° 01' 15" S. Long. 67° 15' 00" W.
4) Lat. 56° 01' 15" S. Long. 67° 16' 45" W.
NOTA: Sobre máquinas.
ISLA HORNOS: Un punto ubicado en las siguientes coordenadas geográficas:
Lat. 55° 56' 44" S
Long. 67° 12' 30" W.
4.- Fíjanse los siguientes dispositivos de separación de tráfico, en los puertos que se indican:
ARICA: a) Una zona de separación de media milla de anchura, cuyo eje une las siguientes posiciones geográficas:
1) Lat. 18° 27' 32" S.
Long. 70° 21' 00" W.
2) Lat. 18° 27' 32" S.
Long. 70° 25' 25" W.
b) Una vía de circulación para el tráfico que se dirige hacia el Oeste, entre la zona de separación y una línea que une las siguientes posiciones geográficas:
3) Lat. 18° 26' 48" S.
Long. 70° 21' 00" W.
4) Lat. 18° 25' 17" S.
Long. 70° 25' 25" W.
c) Una vía de circulación para el tráfico que se dirige hacia el Este, entre la zona de separación de tráfico y una línea que une las siguientes posiciones geográficas:
5) Lat. 18° 28' 18" S.
Long. 70° 21' 00" W.
6) Lat. 18° 29' 47" S.
Long. 70° 25' 25" W.
Arrumbamiento tráfico principal: 090° - 270°
IQUIQUE: a) Una zona de separación de 4 cables de anchura, cuyo eje une las siguientes posiciones geográficas:
1) Lat. 20° 11' 17" S.
Long. 70° 10' 00" W.
2) Lat. 20° 11' 17" S.
Long. 70° 12' 00" W.
b) Una vía de circulación para el tráfico que se dirige hacia el Oeste, entre la zona de separación y una línea que une las siguientes posiciones geográficas:
3) Lat. 20° 10' 44" S.
Long. 70° 10' 00" W.
4) Lat. 20° 10' 05" S.
Long. 70° 12' 00" W.
c) Una vía de circulación para el tráfico que se dirige hacia el Este, entre la zona de separación de tráfico y una línea que une las siguientes posiciones geográficas:
5) Lat. 20° 11' 50" S.
Long. 70° 10' 00" W.
6) Lat. 20° 12' 29" S.
Long. 70° 12' 00" W.
Arrumbamiento del tráfico principal: 090° - 270°
ANTOFAGASTA: a) Una zona de separación de una milla de anchura, cuyo eje une las siguientes posiciones geográficas:
1) Lat. 23° 37' 52" S.
Long. 70° 25' 31" W.
2) Lat. 23° 37' 52" S.
Long. 70° 28' 50" W.
b) Una vía de circulación para el tráfico que se dirige hacia el Oeste, entre la zona de separación y una línea que une las siguientes posiciones geográficas:
3) Lat. 23° 36' 23" S.
Long. 70° 25' 31" W.
4) Lat. 23° 35' 30" S.
Long. 70° 26' 58" W.
c) Una vía de circulación para el tráfico que se dirige hacia el Este, entre la zona de separación y una línea que une las siguientes posiciones geográficas:
5) Lat. 23° 39' 22" S.
Long. 70° 25' 31" W.
6) Lat. 23° 40' 22" S.
Long. 70° 26' 30" W.
Arrumbamiento del tráfico principal: 090° - 270°
QUINTERO: a) Una zona de separación, de media milla de anchura, cuyo eje une las siguientes posiciones geográficas:
1) Lat. 32° 44' 42" S.
Long. 71° 32' 22" W.
2) Lat. 32° 44' 42" S.
Long. 71° 36' 48" W.
b) Una vía de circulación para el tráfico que se dirige hacia el Oeste, entre la línea de separación y una línea que une las siguientes posiciones geográficas:
3) Lat. 32° 43' 42" S.
Long. 71° 32' 22" W.
4) Lat. 32° 43' 12" S.
Long. 71° 36' 48" W.
c) Una vía de circulación para el tráfico que se dirige hacia el Este, entre la línea de separación y una línea que une las siguientes posiciones geográficas:
5) Lat. 32° 45' 42" S.
Long. 71° 32' 22" W.
6) Lat. 32° 46' 12" S.
Long. 71° 36' 48" W.
Arrumbamiento del tráfico principal: 090"-270"
VALPARAISO: a) Una zona de separación, de media milla de anchura, cuyo eje+ une las siguientes posiciones geográficas:
1) Lat. 32° 57' 43" S.
Long. 71° 37' 44" W.
2) Lat. 33° 00' 38" S.
Long. 71° 36' 59" W.
b) Una vía de circulación para el tráfico que se dirige hacia el Sur, entre la zona de separación y una línea de separación que une las siguientes posiciones geográficas:
3) Lat. 32° 57' 58" S.
Long. 71° 39' 11" W.
4) Lat. 33° 00' 48" S.
Long. 71° 37' 52" W.
c) Una vía de circulación para el tráfico que se dirige hacia el Norte, entre la zona de separación y una línea que une las siguientes posiciones geográficas:
5) Lat. 32° 57' 27" S.
Long. 71° 36' 17" W.
6) Lat. 33° 00' 28" S.
Long. 71° 36' 07" W.
Arrumbamiento del tráfico principal: 168° - 348°
BAHIA DE CONCEPCION: a) Una zona de separación, de un cuarto de milla de anchura, cuyo eje une las siguientes posiciones geográficas:
1) Lat. 36° 34' 06" S.
Long. 73° 01' 45" W.
2) Lat. 36° 36' 04" S.
Long. 73° 01' 19" W.
3) Lat. 36° 38' 30" S.
Long. 73° 01' 19" W.
b) Una vía de circulación de media milla de anchura a cada lado de la zona de separación.
Arrumbamiento del tráfico principal:
170° - 350° y 000° - 180°
BAHIA DE SAN VICENTE: a) Una zona de separación limitada por una línea que une las siguientes posiciones geográficas:
1) Lat. 36° 40' 54" S.
Long. 73° 13' 25" W.
2) Lat. 36° 43' 54" S.
Long. 73° 10' 08" W.
3) Lat. 36° 43' 48" S.
Long. 73° 10' 02" W.
4) Lat. 36° 40' 35" S.
Long. 73° 12' 57" W.
b) Una vía de circulación para el tráfico que se dirige hacia el Sur, entre la zona de separación y una línea que une las siguientes posiciones geográficas:
5) Lat. 36° 41' 46" S.
Long. 73° 14' 42" W.
6) Lat. 36° 44' 10" S.
Long. 73° 10' 33" W.
c) Una vía de circulación para el tráfico que se dirige hacia el Norte, entre la zona de separación y una línea que une las siguientes posiciones geográficas:
7) Lat. 36° 39' 50" S.
Long. 73° 11' 50" W.
8) Lat. 36° 43' 31" S.
Long. 73° 09' 36" W.
Arrumbamiento del tráfico principal: 140° - 320°
PUNTA ARENAS: a) Una zona de separación de media milla de anchura, cuyo eje une las siguientes posiciones geográficas:
1) Lat. 53° 12' 06" S.
Long. 70° 52' 18" W.
2) Lat. 53° 13' 28" S.
Long. 70° 49' 58" W.
b) Una vía de circulación para el tráfico que se dirige hacia el Sur Este, entre La zona de separación y una línea que une las siguientes posiciones geográficas:
3) Lat. 53° 12' 33" S.
Long. 70° 53' 12" W.
4) Lat. 53° 14' 21" S.
Long. 70° 51' 30" W.
c) Una vía de circulación para el tráfico que se dirige hacia el Noroeste, entre la zona de separación de tráfico y una línea que une las siguientes posiciones geográficas:
5) Lat. 53° 11' 30" S.
Long. 70° 51' 24" W.
6) Lat. 53° 12' 36" S.
Long. 70° 48' 36" W.
Arrumbamiento del tráfico principal: 316° - 136°
5.- SEPARACION DE TRAFICO EN LA PARTE ORIENTAL, DEL ESTRECHO DE MAGALLANES.
Descripción del dispositivo de separación de tráfico.
a) Una línea de separación que une las siguientes posiciones geográficas:
1) Lat. 52° 31' 40" S. Long. 68° 31' 16" W.
2) Lat. 52° 27' 14" S. Long. 68° 41' 25" W.
3) Lat. 52° 22' 52" S. Long. 68° 58' 15" W.
4) Lat. 52° 21' 08" S. Long. 69° 08' 00" W.
5) Lat. 52° 21' 10" S. Long. 69° 17' 45" W.
6) Lat. 52° 30' 50" S. Long. 69° 36' 15" W.
7) Lat. 52° 34' 00" S. Long. 69° 40' 00" W.
8) Lat. 52° 38' 33" S. Long. 69° 54' 00" W.
9) Lat. 52° 42' 06" S. Long. 70° 11' 07" W.
10) Lat. 52° 44' 10" S. Long. 70° 26' 00" W.
11) Lat. 52° 46' 36" S. Long. 70° 28' 45" W.
12) Lat. 52° 47' 44" S. Long. 70° 29' 30" W.
b) Una vía de circulación para el tráfico que se dirige hacia el Este entre la línea de separación y una línea que une las siguientes posiciones geográficas:
13) Lat. 52° 33' 45" S. Long. 68° 32' 40" S.
14) Lat. 52° 27' 53" S. Long. 68° 43' 00" W.
15) Lat. 52° 23' 33" S. Long. 68° 58' 46" W.
16) Lat. 52° 21' 55" S. Long. 69° 08' 00" W.
17) Lat. 52° 21' 55" S. Long. 69° 08' 00" W.
18) Lat. 52° 31' 13" S. Long. 69° 35' 40" W.
19) Lat. 52° 34' 19" S. Long. 69° 39' 20" W.
20) Lat. 52° 39' 17" S. Long. 69° 53' 20" W.
21) Lat. 52° 42' 52" S. Long. 70° 10' 44" W.
22) Lat. 52° 44' 52" S. Long. 70° 25' 17" W.
23) Lat. 52° 46' 51" S. Long. 70° 27' 34" W.
24) Lat. 52° 57' 44" S. Long. 70° 28' 13" W.
c) Una vía de circulación para el tráfico que se dirige hacia el OESTE entre la línea de separación y una que une las siguientes posiciones geográficos:
25) Lat. 52° 29' 48" S. Long. 68° 29' 57" W.
26) Lat. 52° 22' 06" S. Long. 68° 57' 48" W.
27) Lat. 52° 20' 30" S. Long. 69° 07' 50" W.
28) Lat. 52° 20' 30" S. Long. 69° 19' 11" W.
29) Lat. 52° 30' 27" S. Long. 69° 36' 45" W.
30) Lat. 52° 33' 45" S. Long. 69° 40' 42" W.
31) Lat. 52° 37' 54" S. Long. 69° 54' 32" W.
32) Lat. 52° 41' 27" S. Long. 70° 11' 32" W.
33) Lat. 52° 43' 30" S. Long. 70° 26' 48" W.
34) Lat. 52° 46' 19" S. Long. 70° 30' 03" W.
35) Lat. 52° 57' 44" S. Long. 70° 30' 45" W.
6.- Anótese y comuníquese a quienes corresponda, para su conocimiento y cumplimiento, y publíquese la presente resolución en el Diario Oficial de la República de Chile.-
Fernando Camus Scherrer, Contraalmirante, Director General.