MODIFICA PLAN INTERCOMUNAL DE SANTIAGO EN AREA DE EXPANSION URBANA Y ASEA DE SEGURIDAD CENTRO DE ESTUDIOS NUCLEARES LA REINA
Santiago, 17 de Abril de 1986.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 68.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 2° y 9° de la Ley No. 16.391 y 12° letra i) del DL No. 1.305 de 1976; los artículos 36° y 37° del DFL No. 458 (V. y U.), de 1975; Ley General de Urbanismo y Construcciones; el artículo 557, de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización; el Ordinario No. 01417, de 04 de Octubre de 1985, de la I. Municipalidad de La Reina; el Ordinario No. 4/1937, de 21 de Octubre de 1985, de la I. Municipalidad de Las Condes; el Ordinario No. 2100/279, de 23 de Octubre de 1985, de la I. Municipalidad de Peñalolén; el Ordinario No. 538, de 14 de Marzo de 1986, del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo; el Ordinario No. 143, de 04 de Abril de 1986, de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; y, los demás antecedentes que se acompañan,
Decreto:
Artículo 1°- Modificable el Plan Intercomunal de Santiago, aprobado por DS No. 2.387 (M.O.P.), de 10 de Noviembre de 1960, publicado en el Diario Oficial de 27 de Diciembre de 1960, en el sentido de establecer un nuevo límite entre el Subsector Geográfico No. 13, Area de Preservación del Medio Ambiente Natural - Ñuñoa La Reina y el Subsector Geográfico No. 10, Reina Alta; fijar nuevos tramos y normas técnicas para el Subsector Geográfico No. 10, Reina Alta; crear el nuevo Subsector Geográfico No. 10a con sus respectivas normas; como asimismo, fijar la vialidad estructurante en el Area de Expansión Urbana, Comuna de La Reina, y en el Area de Seguridad Centro de Estudios Nucleares La Reina y fijar el trazado y características de sus enlaces con la vialidad estructurante de Las Condes, en conformidad a lo graficado en el plano RM - PIS - 85 - 18, denominado "Normas Técnicas y Vialidad Estructurante en Area de Expansión Urbana de la Comuna de La Reina y Area de Seguridad, Centro de Estudios Nucleares La Reina, Comunas de La Reina y Las Condes", confeccionado a escala 1: 20.000 por la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, que por el presente decreto se aprueba.
Artículo 2°.- Modificable asimismo, la Ordenanza del Plan Intercomunal de Santiago, en la forma siguiente:
A. Suprímese el inciso cuarto del artículo 13° del Título II, "Normas Generales aplicables en el Area de Expansión Urbana", y agréganse los siguientes nuevos incisos:
"Las disposiciones previstas en el inciso segundo de este artículo, no serán aplicables a los Subsectores Geográficos: 2 Lo Recabarren - Manquehue; 3 Lo Curro; 4 La Dehesa - Lo Barnechea; 5 Balneario El Arrayán; 6 San Enrique - Apoquindo; 20 Escuela de Agronomía Universidad de Chile - La Platina, y 10 Reina Alta.".
"A los Subsectores Geogr ficos: 3 Lo Curro, 20 Escuela de Agronomía Universidad de Chile - La Platina y 10 Reina Alta, no les serán aplicables, además, las disposiciones contenidas en el inciso tercero.".
B. Agrégase a la enumeración de los Sistemas Fundamentales de la vialidad intercomunal del Título III, "Vialidad", el siguiente número 8:
"8 VIALIDAD ESTRUCTURANTE DEL AREA DE EXPANSION URBANA DE LA COMUNA DE LA REINA Y AREA DE SEGURIDAD CENTRO ESTUDIOS NUCLEARES LA REINA".
C. Agrégase al final del Título III, "Vialidad", el siguiente párrafo 8:
"8. VIALIDAD ESTRUCTURANTE DEL AREA DE EXPANSION URBANA DE LA REINA Y DEL AREA DE SEGURIDAD CENTRO ESTUDIOS NUCLEARES LA REINA.
"La Vialidad Estructurante del Area de Expansión Urbana de la Comuna de La Reina y Area de Seguridad Centro Estudios Nucleares La Reina, está conformada por las siguientes vías, cuyos anchos entre líneas oficiales a continuación se indican:
Código Nombre Tramo Ancho entre
Líneas
Oficiales (m)
1 Vicente Pérez Rosales Bilbao-Valenzuela Puelma 25
2 Florencio Barrios Bilbao-Valenzuela Puelma 25
3 Carlos Ossandón Sur. Talinay-José Arrieta 25
4 Padre Hurtado Bilbao-Valenzuela Puelma 52
Las Perdices Valenzuela Puelma
-Domingo Calderón 33
Las Perdices Valenzuela Llanos-Larraín 30
Las Perdices Larraín-José Arrieta 33
5 Alcázar de La Reina Valenzuela Puelma-Helsby 10
6 Nicanor Plaza Valenzuela Puelma-
Domingo Calderón 15
7 Rebeca Matte Valenzuela Puelma-Carlos
Silva Vildósola 15
8 Onofre Jarpa Alvaro Casanova
-Rebeca Matte 20
9 Valenzuela Llanos Las Perdices-Larraín 25
Valenzuela Llanos Sur Talinay-José Arrieta 25
10 María Monvel Alvaro Casanova-Larraín 15
11 Julia Bernstein María Monvel-Larraín 15
Larraín-Talinay 17
12 Alvaro Casanova Onofre Jarpa-Talinay 25
13 Canal El Bollo Alvaro Casanova-Larraín 15
14 Pintor Cosme
San Martín Helsby-Onofre Jarpa 12
15 Pintor Pacheco
Altamirano Larraín-Fondo Parcela 346 12
16 Valenzuela Puelma Florencio Barrios
-Onofre Jarpa 25
17 Helsby Padre Hurtado-Pintor 15
Cosme San Martín
Nueva Helsby Pintor Cosme San Martín 15
-Valenzuela Puelma
18 Domingo Calderón M. Las Perdices-Nicanor Plaza 12
19 Benjamín Subercaseaux Rebeca Matte-María Monvel 15
20 Carlos Silva Vildósola Límite Urbano
-Julia Bernstein 20
El Sendero General Julia Bernstein
-Alvaro Casanova 10
González Alegría
21 Carpay Alvaro Casanova-
Canal El Bollo 15
22 Pintor Julio Ortiz Julia Bernstein-Parcelas 15
de Zárate 317-318 B-C
23 Fuente Ovejuna La Araucana-Las Perdices 10
24 La Araucana María Monvel-Fondo calle 13
25 Martín Fierro María Monvel-Las Perdices 10
26 Alsino María Monvel-Las Perdices 10
27 Altazor María Monvel-Las Perdices 10
28 Alturas de
Machu-Picchu María Monvel-Las Perdices 10
29 Tala María Monvel-Las Perdices 10
30 Azul María Monvel-Las Perdices 10
31 Larraín Valenzuela Llanos
-Las Perdices 33
Las Perdices-Alvaro Casanova 30
Alvaro Casanova-
Canal El Bollo 17
32 Talinay Carlos Ossandón Sur- 25
Alvaro Casanova
33 José Arrieta Canal San Carlos
-Las Perdices 50
34 Bilbao Vicente Pérez Rosales 60
-Padre Hurtado
44 Avda. Paseo Pie Andino Límite Comuna de la Reina 25
(empalme con Alvaro Casanova-
Avda. Canal El Bollo).
45 Prolongación A.
Fleming
Límite Urbano-Avda, 25
Paseo Pie Andino
53 Paul Harris Valenzuela Puelma-
Límite Urbano 30
"Los perfiles geométricos viales, así como el ancho de sus calzadas, diseño de sus empalmes y cruces en general, serán definidos en los respectivos estudios de vialidad, los que serán confeccionados por la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, y sancionados por resolución del Secretario Ministerial.
"Los planos de subdivisión y loteo deberán contemplar el diseño vial a que se refiere el inciso anterior, debiendo expresarlo en los planos que acompaña a la solicitud de informe previo de dicha Secretaría Ministerial, de conformidad con lo establecido en el Artículo 10° de esta Ordenanza.".
D. Reemplázanse en el cuadro de "Normas Técnicas por Subsectores Geográficos", contenido en el artículo 16° del Título V, "Normas Técnicas aplicables en el Area de Expansión Urbana", las normas técnicas de los Subsectores Geográficos No.s. 7, 9 y 10 e inclúyanse en el mismo cuadro, las normas técnicas del nuevo Subsector Geográfico No. 10a, según se indica a continuación:
NOTA: VER TABLA EN DIARIO OFICIAL DE 23.05.1986. PAGINA 14
Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden del Presidente de la República.- Miguel A. Poduje Sapiaín, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo a US., para su conocimiento.- Dios Guarde a US.- Luis Salas Romo, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.