OTORGA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA

    Santiago, 28 de enero de 2000.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

    Núm. 77.- Vistos:

a)  El decreto ley N°1.762 de 1977;
b)  La ley N°18.168 de 1982 y sus modificaciones, Ley General de Telecomunicaciones;
c)  El artículo 1° de la ley N°16.436 de 1966;
d)  El N°1 del artículo 3 párrafo III de la resolución N°55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por resolución N°520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República;
e)  La resolución exenta N°281 de 04.03.99 de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que Aprueba Bases del Concurso Público para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora, en amplitud modulada, onda corta, frecuencia modulada y estaciones de mínima cobertura, correspondiente al 1° cuatrimestre de 1999.

    Considerando:

a)  El llamado a concurso público para optar a concesiones de radiodifusión sonora en frecuencia modulada efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial N°36.264 de 15.01.99.
b)  Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel N°18.072 de 16.04.99.
c)  Lo informado por la Subsecretaría de
    Telecomunicaciones mediante memorándum N°541 de 27.08.99.
d)  Lo dispuesto por la Subsecretaría de
    Telecomunicaciones mediante resolución exenta N°1.215 de 02.09.99, que llamó a licitación para resolver las solicitudes de concesión que se encuentran en similares condiciones.
e)  Lo obrado en el acta de apertura de 14.09.99, que resolvió la licitación, informado por la comisión, mediante memorándum N°607 de 14.09.99.
f)  La resolución exenta N°1.437 de 13.10.99, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, a la Sociedad Radio y Publicidad Alto Bonito Limitada, para la localidad de Carahue, IX Región.
g)  Que la resolución exenta que asignó la concesión para la localidad de Carahue, no fue reclamada.
h)  Que mediante ingreso Subtel N°38.978 de 24.12.99, la asignataria acreditó el pago de lo licitado.
i)  Lo propuesto por la Subsecretaría de
    Telecomunicaciones mediante memorándum N°44 de 25 de enero de 2000.

    D e c r e t o:


    1.- Otórgase una concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para la localidad de Carahue, IX Región, a la Sociedad Radio y Publicidad Alto Bonito Limitada, RUT N°77.098.740-7, con domicilio en calle Benavente N°376, Puerto Montt, X Región, en adelante la concesionaria.
    2.- Apruébase el proyecto técnico, base de la solicitud, presentado por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    3.- Facúltase a la concesionaria para instalar, operar y explotar la estación de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQD-338, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de la radioemisora se indican a continuación:


Elementos de la esencia de la concesión

- Tipo de servicio        : Radiodifusión sonora en
                            frecuencia modulada.
- Zona de servicio        : Localidad de Carahue.
                            Superficie delimitada por una
                            intensidad de campo mayor o
                            igual que 54 dB (uV/m),
                            referida al punto de emisión
                            de la señal.
- Período de la concesión : 25 años.
- Plazo inicio de obras  : 5 días.
- Plazo término de obras  : 30 días.
- Plazo inicio de
  transmisiones          : 60 días.
- Potencia máxima radiada : 250 watts.
- Frecuencia              : 98,9 MHz.

Características técnicas del sistema radiante

- Tipo de emisión        : 180KF8EHF.
- Desviación máxima      : ñ 75 KHz.
- Diagrama de radiación  : Direccional.
- Ganancia                : 8,6 dBd de ganancia máxima.
- Polarización            : Vertical.
- Tipo de antena          : Dipolos con panel.
- N° antenas              : 6.
- Altura del centro de
  radiación              : 36 metros.
- Altura torre            : 42 metros.

Ubicación de la radioemisora

- Dirección del estudio  : Calle Pedro de Valdivia N°70,
                            Carahue, IX Región.
- Coordenadas geográficas : 38°42'33" Latitud Sur.
                            73°09'40" Longitud Oeste.
- Dirección de la planta
  transmisora y sistema
  radiante                : Cerro Coihue, Carahue,
                            IX Región.
- Coordenadas geográficas : 38°43'44" Latitud Sur.
                            73°11'22" Longitud Oeste.

Características técnicas del radioenlace

- Frecuencia              : 303,4 MHz.
- Potencia                : 2 Watts.
- Ganancia                : 10,0 dBd.
- Polarización            : Horizontal.
- Tipo emisión            : 180KF8EHF.
- Antena                  : Yagi con abertura lóbulo
                            principal en 60°.

    4.- La concesionaria no podrá iniciar servicios sin que sus obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría; para estos efectos deberá solicitar, por carta certificada, que se verifique que dichas obras e instalaciones se encuentran correctamente ejecutadas y que correspondan al proyecto aprobado.
    5.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.

    Anótese, comuníquese, tómese razón, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Claudio Hohmann Barrientos, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Alfredo Alamos Cortés, Jefe División Concesiones.