Por Resolución No. 48, de 14 de Enero de 1991, de esta Subsecretaría, y conforme las facultades que confiere al Subsecretario de Pesca el DFL. No. 5, de 1983, y a lo dispuesto en el Art. 7° del DS No. 175, de 1980, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, declárase la caducidad de las Resoluciones que autorizan para desarrollar actividades pesqueras extractivas que a continuación se indican:
a) Resolución No. 512, de 1980, que autorizó a "Pesquera Panamericana Ltda.", domiciliada en Avda.
Pedro de Valdivia No. 295, Santiago.
b) Resolución No. 9, de 1981, que autorizó a "Pesquera del Pacífico Ltda.", domiciliada en Santiago.
c) Resolución No. 17, de 1981, que autorizó a "Nieman y Cía. CP A.", domiciliada en Arica.
Valparaíso, 14 de Enero de 1991.- Andrés Couve Rioseco, Subsecretario de Pesca.