MODIFICA ARTICULO 219 DEL DECRETO (G) Nº 244, DE 1979
    Santiago, 23 de Octubre de 1986.- Con esta fecha se ha dictado lo siguiente:

    Núm. 113.- Visto:
    a) Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile.
    b) Lo establecido por el artículo 90 del Decreto Ley Nº 2.306, de 1978, sobre Reclutamiento y Movilización de las Fuerzas Armadas, modificado por el Decreto Ley Nº 2.398, de 1978
    c) Lo propuesto por el Director General de Movilización Nacional,

    Decreto:

    Sustitúyanse los incisos segundo y tercero del
artículo 219, del DS (G) Nº 244, de 01 de Marzo de 1979, que contiene el Reglamento Complementario del DL Nº 2.306, de 1978, sobre Reclutamiento y Movilización de las Fuerzas Armadas por el siguiente:

    "La Dirección General recaudará estos ingresos, a través de los Formularios de Actuaciones de Reclutamiento (FAR).".

    Anótese, tómese razón y publíquese en el Diario Oficial y en los Boletines Oficiales del Ejército, Armada y Fuerza Aérea de Chile.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Patricio Carvajal. Prado, Ministro de Defensa Nacional.
    Lo que se transcribe para su conocimiento.- Sergio Moreno Saravia, Coronel, Subsecretario de Guerra.