FIJA LIMITES JURISDICCIONALES A JUZGADOS DE POLICIA LOCAL DE SANTIAGO
Núm. 1.496.- Santiago, 28 de Octubre de 1986.- Vistos: Antecedentes Nº 6.985; Oficio Nº 2.200-0, de fecha 23 de septiembre de 1986, de los señores Jueces de Policía Local de la Comuna de Santiago; DFL 1 - 3-3.260, de 1981, sobre Reformulación Comunal, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el Decreto Ley Nº 1.289, de 1976, que contiene la Ley Orgánica de Municipalidades,
Decreto:
1º.- Fíjanse los siguientes límites jurisdicionales a los Juzgados de Policía Local de la Comuna de Santiago:
PRIMER JUZGADO DE POLICIA LOCAL
Al norte: Ribera sur del río Mapocho;
Al oriente: Límite comunal oriente, desde la ribera sur del río Mapocho, continuando por Avenida Vicuña Mackenna hasta la intersección con la línea de edificación sur de Avenida Diez de Julio, y
Al sur y poniente: Por la línea de edificación sur de Avenida Diez de Julio hasta la intersección con la prolongación de la línea de edificación poniente de calle San Francisco, para continuar por ésta hasta el eje central de la Avenida Libertador Bernardo O'Higgins, continuando por el centro de esta Avenida hasta la intersección con la prolongación de la línea de edificación poniente de calle Estado para continuar por esta última, hacia el norte, hasta la intersección de la prolongación de la línea de edificación poniente de calle 21 de Mayo con la ribera sur del río Mapocho.
SEGUNDO JUZGADO DE POLICIA LOCAL
Al norte: Centro de la Avenida Libertador Bernardo O'Higgins, desde la intersección con la línea oriente de la calzada de alta velocidad de la Avenida Norte Sur, hasta la línea de edificación poniente de calle San Francisco.
Al oriente: Con la línea de edificación poniente de calle San Francisco para continuar por la línea de edificación sur de Avenida Diez de Julio hasta la Avenida Vicuña Mackenna, prosiguiendo por el límite comunal oriente de Santiago hacia el sur y hasta el límite comunal sur, y
Al sur y poniente: La línea del límite sur de la comuna de Santiago, hasta la intersección con la calzada oriente de alta velocidad de la Avenida Norte Sur, para continuar por dicho límite de la calzada oriente de la Avenida Norte Sur, hasta su intersección con Avenida Libertador Bernardo O'Higgins.
TERCER JUZGADO DE POLICIAL LOCAL
El actual territorio de la Comuna de Santiago, al norte del río Mapocho y que, instaladas las comunas de Recoleta e Independencia, pasarán a formar partes de estas últimas.
El sector central cuyos límites son los siguientes:
Al norte: Ribera sur del río Mapocho;
Al sur: Eje central de la Avenida Libertador Bernardo O'Higgins;
Al poniente: Línea de edificación poniente de calle Amunátegui, y
Al oriente: Línea de edificación poniente de calle Estado y de 21 de Mayo.
CUARTO JUZGADO DE POLICIA LOCAL
Al norte: Ribera sur del río Mapocho, desde el límite comunal poniente hasta la proyección de la línea de edificación poniente de Calle Amunátegui;
Al poniente: El límite comunal poniente, por calles Matucana y Exposición;
Al sur: El límite comunal sur, desde la intersección con calle Exposición hasta la calzada oriente de la Avenida Norte Sur, y
Al oriente: La calzada de alta velocidad oriente de la Avenida Norte Sur hasta la intersección con el eje central de la Avenida Libertador Bernardo O'Higgins, para continuar hacia el oriente por ese eje central hasta la intersección con la proyección de la línea de edificación poniente de calle Amunátegui para continuar hacia el norte por esta línea de edificación a su intersección con la ribera sur del río Mapocho.
2º.- Déjase establecido que el Cuarto Juzgado de Policía Local de la Comuna de Santiago conserva la Jurisdicción de los territorios que pertenecían a la Comuna de Santiago y que en la reformulación comunal (DFL 1 - 3-3.260, de 1981) corresponder n a las Comunas de Pedro Aguirre Cerda (Nº 2, letra b) ; Comuna de Lo Espejo (Nº 3, letra b) y Comuna de Cerrillos (Nº 5, letra b).
3º.- Asimismo, déjase establecido que la presente distribución territorial entrará en vigencia a contar del día en que se instale y entre en funcionamiento el Juzgado de Policía Local de la Comuna de Estación Central.
Anótese y transcríbase a la I. Corte de Apelaciones, Ministerio de Justicia, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Ministerio de Hacienda, Intendencia Regional Metropolitana, Servicio de Salud del Ambiente, Jefatura de Zona Metropolitana de Carabineros, Servicio de Impuestos Internos, a todas las Reparticiones Municipales, Secretaría Municipal para su publicación en el Diario Oficial, Oficina de Relaciones Públicas para las publicaciones correspondientes y pase a la Secretaría Municipal para su archivo.- Carlos Bombal Otaegui, Alcalde de Santiago.- Alfredo Egaña Respaldiza, Secretario Municipal.