OTORGA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO INTERNACIONAL DE TELEX Y DE TELEGRAFIA A TELEX-CHILE S.A.
Santiago, 14 de Enero de 1985.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
No. 4.- Vistos:
a) La Ley No. 18.168. de 1982.
b) El artículo, 1° de la Ley No. 16.436.
c) El decreto Ley No 1.762 de 1977.
d) El No. 2, letra b) del párrafo II de la resolución No. 1.050 de 1980 de la Contraloría General de la República.
e) El DFL No. 10 del 24.12.81.
Considerando:
a) Lo solicitado por el interesado.
b) Lo propuesto por la Subsecretaría de Telecomunicaciones por oficio Ord. No. 30.146 de fecha 14.01.85,
Decreto:
1°.- Otórgase a la Sociedad Télex-Chile Comunicaciones Telegráficas S.A., en adelante Télex-Chile S.A. Concesión de Servicio Público Internacional de Télex y Telegrafía.
2°.- La presente Concesión comprende el equipo de conmutación AMR 201 que Télex-Chile opera y explora en virtud de lo dispuesto en el DFL No. 10 de 1981, y autoriza la instalación, operación y explotación de la central de Télex Eltex V, cuyas características se indican a continuación:
- Sistema: Eltex V Omega.
- Tipo de Conmutación: Electrónica, con control por programa almacenado.
- Capacidad Inicial: 2.032 Líneas.
- Procesamiento: Distribuido en 4 niveles
jerárquicos redundantes.
- Señalización: Tipo A y B del CCITT.
- Sistema de Tasación: Automático.
- Ubicación: Morandé No. 147, Santiago.
3°.- El sistema Eltex antes mencionado incluye facilidades para transmitir mensajes de alta velocidad.
4°.- Asimismo, autorízase la instalación de los equipos anexos necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la Concesión que se otorga en el presente decreto, a fin de que permita prestar un servido moderno y eficiente.
5°.- Quedan comprendidos en la presente Concesión los bienes afectos a ella y en general todos los elementos e instalaciones para su uso y operación normal.
6°.- Apruébase el proyecto presentado y facúltase a la Subsecretaría de Telecomunicaciones para que ordene y/o autorice las modificaciones de orden técnico que procediere, siempre que ella no afecten el funcionamiento y objeto de la concesión.
7°.- La Concesión comprende el derecho a tender líneas aéreas o subterráneas, en calles, parques, caminos y otros bienes nacionales de uso público.
Estos derechos se ejercerán de modo que no se perjudique el uso principal de los bienes nacionales ocupados, y de acuerdo con las reglas generales vigentes o que en el futuro se establezcan por la Subsecretaria de Telecomunicaciones y/o las Municipalidades.
8°.- La Concesión se otorga sin perjuicio del derecho de terceros legalmente adquirido, y en conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley General de Telecomunicaciones y con sujeción a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes o que se dicten en el futuro sobre la materia.
9°.- La Concesionaria continuará los servicios que presta en virtud del DFL No. 10 de 1981, con los equipos autorizados por el presente decreto.
10°.- Télex-Chile S.A. se obliga a mantener durante el plazo de la Concesión, un servicio moderno y eficiente, entendiéndose por tal, un servicio que cumpla con las normas previstas sobre la materia, en el artículo 24° de la Ley General de Telecomunicaciones.
11°.- El plazo de la Concesión es indefinido y su zona de servicio comprenderá todo el territorio nacional.
12°.- Será obligación de Télex-Chile S.A. establecer y aceptar interconexión con las empresas concesionarias de servicios similares según lo indica la Ley General de Telecomunicaciones.
13°.- Las tarifas por las prestaciones que entregue esta concesionaria quedarán sujetas al régimen general de precios en conformidad a las disposiciones legales que rigen estas materias.
14°.- Es obligación de la concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Telecomunicaciones, de sus Reglamentos y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables, atendida la calidad que adquiere en virtud de este decreto.
Anótese, regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial. Por orden del Presidente de la República, Enrique Escobar Rodríguez, General da Brigada Aérea, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Italo Seccatore Gómez, Coronel, Subsecretario de Telecomunicaciones.