MODIFICA DECRETOS N°s 360 DE 1982, 186, DE 1983 Y 93, DE 1985

    Núm. 55.- Santiago, 21 de Febrero de 1986.- Vistos: Artículo 3° del Decreto Ley No. 799 de 1974, modificado por el DFL No. 12-2.345 de 1979 del Ministerio del Interior; Circular No. 9.277 de 1975 y Resoluciones N°s. 600 de 1977 y 1050 de 1980 todos de la Contraloría General de la República; lo solicitado por la Industria Azucarera Nacional S.A. Decretos de Economía N°s 360/82, 186/83 y 93/85;

    Considerando:

Que, por Decretos de Economía N°s 360 de 1982, 186 de 1983 y 93 de 1985, se asignó a los Gerentes de las Plantas de la Industria Azucarera Nacional S.A. IANSA., vehículos autoriz ndolos para circular en días S bados en la tarde, Domingos y festivos, en cumplimiento de labores propias de la Industria, Que, los vehículos asignados fueron enajenados en remate público, debido al intenso uso que fueron sometidos en las distintas regiones, precisaban de reparaciones que demandaban gastos de repuestos y mantenciones onerosas para la Industria, Que, se hace necesario la modificación de los decretos antes citados, eliminando los vehículos y asignando otros en sus reemplazos,

    Decreto:

1.- Modifícase los Decretos de Economía N°s 360 de 1982, 186 de 1983 y 93 de 1985, que autorizaba a vehículos de la Industria Azucarera Nacional S.A. para poder circular en días S bados en la tarde, Domingos y festivos, elimin ndose los siguientes vehículos que han sido dados de baja:



Decreto No. 360/82
Clase
Vehículo    Marca          Año  Motor    Asignado a:
Automóvil  Peugeot 504 GR  1982  373804  Planta Curicó
Automóvil  Peugeot 504 GR  1982  375679  Planta Cocharcas
Automóvil  Peugeot 504 GR  1982  373335  Planta Los Angeles

Decreto 186/83
Jeep Nissan Modelo 160 P  1983  P546925  Planta de Rapaco

Decreto 93/85
Automóvil  Peugeot 504 SL  1982  373792  Planta Linares

Art. 2.- En reemplazo de los vehículos eliminados en el Art. 1.- del presente + decreto, asígnanse a la Industria Azucarera Nacional S.A. en cumplimiento de + las labores que le son propias los siguientes vehículos:

Clase
Vehículo  Marca                  Año  Motor  Asignado a:
Automóvil  Peugeot 504 GR Serie 2 1986 046775  Planta Curicó
Automóvil  Peugeot 504 GR Serie 2 1986 038649  Planta Linares
Automóvil  Peugeot 504 GR Serie 2 1986 035785  Planta
                                              Cocharcas
Automóvil  Peugeot 504 GR Serie 2 1986 035713  Planta de Los
                                              Angeles
Automóvil  Peugeot 504 GR Serie 2 1986 046760  Planta Rapaco


Art. 3°.- Los vehículos mencionados en el Art. 2, quedan autorizados para circular durante S bados en la tarde, Domingos y festivos, en cumplimiento de las funciones propias de IANSA S.A. exentos de la obligación de usar disco distintivo a que se refiere el Art. 3° del DL 799 de 1974.

    Regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese. AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Jorge Valenzuela Dur n, Coronel de Ejército, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción subrogante. Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Ministro del Interior subrogante.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Jorge Valenzuela Dur n, Coronel de Ejército, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.