RECTIFICA DECRETO Nº 246, DE 1980

    Santiago, 22 de Mayo de 1985.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm 44.- Visto: El oficio ordinario Nº 2759, de 1985, del Servicio Agrícola y Ganadero; el DFL Nº 12, de 1968, del Ministerio de Agricultura; el artículo 53, de la Ley General de Cooperativas, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por decreto de Economía Nº 502, de 1978; el decreto Nº 246, de 1980, del Ministerio de Agricultura: el artículo 87, de la Ley Nº 16.640, modificado por el decreto ley Nº 1.272, de 1975; del DFL Nº 278, de 1979, del Ministerio de Agricultura: los artículos 32, Nº 8 y 35, de la Constitución Política del Estado, y

    Considerando:

    Que la Cooperativa de Reforma Agraria Mixta "San Jorge de Romeral Ltda.", acordó su disolución en Asamblea General Extraordinaria de Socios celebrada el 05 de junio de 1978.
    Que en dicha Asamblea la cooperativa acordó que la Comisión Liquidadora estuviese integrada por don Arsenio Segundo González Jiménez, don Manuel Jesús Saavedra San Martín y don Jorge Martinic Eterovic, según consta del oficio Nº 11, de 1980, del Departamento de Cooperativas de la Subsecretaría de Agricultura.
    Que en el decreto Nº 246, de 1980, de este Ministerio, aparece integrando la Comisión Liquidadora don Vicente Rojas Alvarez, en lugar de don Manuel Jesús Saavedra San Martín,

    Decreto:

    Rectifícase el decreto Nº 246, de 1980, del Ministerio de Agricultura, en el sentido de que se reemplaza en su Nº 3, el nombre de don Vicente Rojas Alvarez por el de don Manuel Jesús Saavedra San Martín como integrante de la Comisión Liquidadora de la Cooperativa de Reforma Agraria Mixta "San Jorge de Romeral Ltda.".

    Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Jorge Prado Aránguiz, Ministro de Agricultura.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Jaime de la Sotta Benavente, Subsecretario de Agricultura.