AUTORIZA CIRCULACION DE VEHICULO QUE INDICA SIN DISCO DISTINTIVO, EN DIAS QUE SEÑALA

    Santiago, 10 de Junio de 1985.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 178.- Visto: Lo dispuesto en el Decreto Ley No. 799, de 1974, modificado por el decreto con fuerza de ley No. 12-2345 de 1979, del Ministerio del Interior; las instrucciones impartidas por la Contraloría General de la República en su Oficio No. 9.277, de 06 de Febrero de 1975, sobre uso y circulación de vehículos estatales, y
    Considerando: La naturaleza de las funciones que cumple don Raúl Enrique Montt Carvajal, persona a quien se encuentra asignado el vehículo, según consta del Decreto Supremo No. 459, de 21 de Diciembre de 1984, modificado por Decreto Supremo No. 82, de 15 de Marzo de 1985, ambos de este Ministerio, hace necesario su uso sin disco distintivo y sin sujeción a horarios rígidos y que pueda mantenerse en funcionamiento los días Sábados en la tarde, Domingos y festivos,

    Decreto:

    Autorízase la circulación sin disco distintivo y en días Sábados en la tarde, Domingos y festivos, del vehículo automóvil, marca Volkswagen, modelo escarabajo, motor LOO21349, chassis No. 119208191, Rol DAE 732, I.B.R. 32273-A, año 1968.

    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Dr. Winston Chinchón Bunting, Ministro de Salud.- Ricardo García Rodríguez, Ministro del Interior.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Dr. Augusto Schuster Cortés, Subsecretario de Salud.