MODIFICA LIMITES DE UNIDADES VECINALES QUE INDICA
    Cerro Navia, 11 de Julio de 1985.- Hoy se decretó lo que sigue:
    No. 496.- Vistos:

    1.- El DFL No. 1 -3.260, de 17 de Marzo de 1981, del Ministerio del Interior, que crea la comuna de Cerro Navia, fijando sus límites;

    2.- El DFL No. 1-18.294, de 10 de Julio de 1984;

    3.- La Ley No. 16.880, de 7 de Agosto de 1968, sobre Juntas de Vecinos y Organizaciones Comunitarias;

    4.- El decreto No. 1.481, de 4 de Noviembre de 1968, Reglamento de la Ley de Juntas de Vecinos;

    5.- El decreto No. 490, de 1985, del Ministerio del Interior, publicado el 30 de Mayo de 1985, en el Diario Oficial;

    6.- El decreto alcaldicio No. 376-85, de 31 de Mayo de 1985, de la I. Municipalidad de Cerro Navia, por el cual se crean las unidades vecinales, fijándose sus límites;

    7.- El DS No. 880, de 31 de Agosto de 1984, del Ministerio del Interior;

    8.- El DS No. 1.624, de 1º de Abril de 1985, del Ministerio del Interior.

    Y teniendo presente: Las facultades conferidas por el DL No. 1.289, de 1976, Orgánico de Municipalidades y Administración Comunal.

    Decreto:

    1.- Modifícase, el decreto alcaldicio No. 376-85, de 31 de Mayo de 1985, de esta I. Municipalidad, en el sentido que se fijan como límites de las unidades vecinales que indica, los siguientes:

Unidad Vecinal No. 11 ex 31

    Norte    : Con calle Salvador Gutiérrez.
    Sur      : Con calle Mapocho y calles Los Conquistadores.
    Oriente  : Con calle Huelén.
    Poniente : Con calle Rolando Petersen.

Unidad Vecinal No. 23 ex 43

    Norte    : Con Río Mapocho, límite comunal con Renca.

    Sur      : Con Calle Salvador Gutiérrez.
    Oriente  : Con calle Huelén.
    Poniente : Con Rolando Petersen.

Unidad Vecinal No. 24 ex 44

    Norte    : Con Río Mapocho, límite comunal con Renca.
    Sur      : Con fondos de sitios de calle Aguas Frescas.
    Oriente  : Con Rolando Petersen.
    Poniente : Con Avenida La Estrella.

    2.- Publíquese, dentro del plazo de 15 días en el Diario Oficial.

    3.- Fíjense, carteles en el recinto municipal que contenga el presente decreto, y notifíquese a los organismos territoriales y funcionales que corresponda.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Hugo Larraguibel Mordojovich, Alcalde.- Roberto Cabezas Zúñiga, Secretario Municipal.