MODIFICA DECRETO Nº831, DE 1996
Núm. 68.- Santiago, 22 de febrero de 2000.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº8 de la Constitución Política de la República; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; los D.S. Nº334 de 1992, Nº831 de 1996, Nº455 de 1998 y Nº609, de 1999, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la carta de don Daniel Albarrán Ruiz-Clavijo de fecha 21 de febrero de 1999, la ley Nº10.336.
Considerando:
Que, el artículo 146 de la Ley General de Pesca y Acuicultura dispone que el Presidente de la República deberá oficializar la nominación definitiva de los miembros titulares y suplentes del Consejo Nacional de Pesca.
Que, los artículos Nº4 y Nº14 del Reglamento para la elección de los Consejeros del Consejo Nacional de Pesca, D.S. Nº334 de 1992, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, establecen la facultad y el procedimiento para proveer los cargos vacantes, tanto titulares como suplentes.
D e c r e t o:
Artículo 1º.- Modifícase el artículo 1º del D.S. Nº831 de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que oficializa la nominación de los miembros titulares y suplentes del Consejo Nacional de Pesca, de conformidad al artículo 146 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, en el numeral que a continuación se señala:
Numeral II Nº4 Por los acuicultores
Titular : Carlos Vial Izquierdo RUT
Nº6.243.336-1.
Suplente: Vacante
Artículo 2º.- El presente decreto tendrá trámite extraordinario de urgencia, de conformidad con lo prescrito en el inciso 7º del artículo 10 de la ley Nº10.336, de manera que la medida decretada pueda ser aplicada oportunamente.
Anótese, tómese razón y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Jorge Leiva Lavalle, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Juan Manuel Cruz Sánchez, Subsecretario de Pesca.