FIJA FECHA DE PAGO PARA EL PERSONAL DEL MINISTERIO PUBLICO

    Núm. 224.- Santiago, 23 de febrero de 2000.- Vistos: La facultad que me otorga el Nº8 del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile; lo dispuesto en el inciso primero del artículo 89 de la ley Nº18.834; el decreto Nº159, de 1982, del Ministerio de Hacienda, que fija fechas de pago para el personal del sector público complementado por el DS. (H) Nº681 de 1990, y la ley Nº19.640 que crea el Ministerio Público,
    D e c r e t o:

    Introdúcese al decreto de Hacienda Nº159, de 1982, la modificación que se indica:

En su Nº2, en lo concerniente al día 19,

Sustitúyese: ''Incluye, además, al Ministerio de Planificación y Cooperación y al Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República.'' Por: ''Incluye, además, al Ministerio de Planificación y Cooperación, al Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República y al Ministerio Público.''

    Tómese razón, comuníquese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Alvaro Clarke de la Cerda, Ministro de Hacienda Subrogante.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., María Eugenia Wagner Brizzi, Subsecretaria de Hacienda.