SUPRIME FUNCIONAMIENTO DE UNIDAD PENAL QUE INDICA Santiago, 20 de Agosto de 1993.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 933.- Visto: Estos antecedentes, lo dispuesto en el artículo 32, N° 8 de la Constitución Política de la República de Chile; en el artículo 86 del Código Penal; en el artículo 16 del D.L. N° 2.859, de 1979, del Ministerio de Justicia que fijó la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile; las normas del D.S. N° 1.771, de 1992 de la referida Secretaría de Estado, sobre Reglamento de Establecimientos Penitenciarios y lo informado por el Director Nacional de Gendarmería de Chile,
    Decreto:

    1.- Suprímese el funcionamiento de la ex Cárcel Pública de Santiago, ubicada en calle General Mackenna N° 1353, de la Región Metropolitana.
    2.- La supresión señalada entrará en vigencia a contar de la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial.

    Tómese razón, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Francisco Cumplido Cereceda, Ministro de Justicia.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente.- Marcos Sánchez Edwards, Subsecretario de Justicia.