LEY NUM. 17.372

ABONA, POR GRACIA, EN LA HOJA DE SERVICIO DE DON ABRAHAM POBLETE A., EL TIEMPO SERVIDO QUE SEÑALA

    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:


    "Artículo único.- Abónanse, por gracia y para todos los efectos legales, ocho años, tres meses y diecinueve días en la hoja de servicios de don Abraham Poblete Azolas, servidos en el Comisariato General de Subsistencias y Precios, dependiente del Ministerio de Economía y Comercio.
    El mayor gasto que importe el cumplimiento de la presente ley, se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda."

    Y teniendo presente que el Congreso Nacional ha desechado las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República e insistido en la aprobación del proyecto de ley que precede, de acuerdo con el artículo 54º de la Constitución Política del Estado, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a nueve de Octubre de mil novecientos setenta.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Andrés Zaldívar L.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Victoria Arellano S., Subsecretaria de Hacienda.