LEY NUM. 17.464
CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA ANA MARGARITA MILLALONCO MILLALONCO VIUDA DE CANOBRA Y A SUS HIJOS QUE SEÑALA
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Ana Margarita Millalonco Millalonco viuda de Canobra, y a sus hijos Elizabeth Pilar, Miriam Ivone, Jorge Segundo, Sergio Alejandro y Margarita Ester Canobra Millalonco, en conjunto, una pensión mensual equivalente a dos sueldos vitales mensuales, escala A), del departamento de Santiago.
La parte de la pensión que corresponda al beneficiario que fallezca o que adquiera la mayoría de edad, accederá a la de los sobrevivientes o a la de la madre, respectivamente. La madre gozará del total del beneficio cumplida que sea la mayoría de edad de los demás beneficiarios.
El gasto que demande la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a veintiocho de Julio de mil novecientos setenta y uno.- SALVADOR ALLENDE GOSSENS.- Américo Zorrilla R.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Patricio Morales Salinas, Subsecretario de Hacienda.