Artículo 23°- El solicitante deberá adjuntar con su petición los siguientes documentos:
a) Los estatutos de la institución, si los tuviere;
b) Certificado de vigencia de la personalidad jurídica, si procediere;
c) Declaración jurada de que las personas que tendrán a su cargo la organización de la colecta, pertenecen a la Institución que la efectuará, con indicación de sus datos personales -nombre, número de cédula de identidad y domicilio- hecha por el representante legal.
Las personas señaladas en esta letra no podrán ser reemplazadas sin autorización del Ministerio del Interior, y no podrán participar en dos colectas consecutivas.