LEY NUM. 17.497
CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA RUTH CESPEDES GARCIA VIUDA DE FONTANA Y A SUS HIJOS QUE SEÑALA
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente:
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Ruth Céspedes García viuda de Fontana, y a sus hijos María Soledad, Jorge Alberto, Luis Pedro y Roxana Isabella Fontana Céspedes, una pensión vitalicia ascendente a ocho sueldos vitales mensuales, escala A), del departamento de Santiago, correspondiendo un 50% a la viuda y un 50% a los hijos, con el derecho de estos últimos a acrecer en su porción en caso de fallecer alguno de ellos, y mientras sean menores de edad o hasta los 23 años, si acreditan estudiar una carrera universitaria.
La pensión se devengará mensualmente, a contar desde el 21 de Octubre de 1970, y se reducirá en su caso, en la parte correspondiente al monto del montepío que perciban los beneficiarios.
El gasto que demande esta ley se imputará al respectivo ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, a ocho de Septiembre de mil novecientos setenta y uno.- SALVADOR ALLENDE GOSSENS.- Américo Zorrilla R.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Patricio Morales Salinas, Subsecretario de Hacienda.