LEY NUM. 17.678

CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DON LUIS GARREAUD FERNANDEZ Y A DOÑA OLVIDO LEGUIA

    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Luis Garreaud Fernández y a doña Olvido Leguía, en conjunto, una pensión mensual de ocho sueldos vitales escala a), del departamento de Santiago, con derecho a acrecer entre ellos.
    El mayor gasto que signifique la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda."
    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a veinte de Junio de mil novecientos setenta y dos.- SALVADOR ALLENDE GOSSENS.- Orlando Millas C.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Patricio Morales Salinas, Subsecretario de Hacienda.