Ley número 4,504
Por cuanto, el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE LEY:
Artículo 1.o Autorízase a la Municipalidad de Santiago, para conceder al Cuerpo de Bomberos de esta capital, por el plazo de treinta años y a título gratuito, el usufructo del predio de su propiedad ubicada en la calle Compañía esquina de Maturana y actualmente destinado al Cuartel de la Novena Compañía de la expresada institución, bajo las condiciones señaladas en el acuerdo de dicha corporación de fecha 13 de Enero de 1928, por el cual se concedió al Cuerpo de Bomberos el uso y goce gratuito de la mencionada propiedad, por el plazo de diez años.
Art. 2.o Autorízase, asimismo, a la Municipalidad de Santiago, para conceder al Cuerpo de Bomberos la facultad de hipotecar la propiedad cuyo usufructo se le concede, hasta por la cantidad de cien mil pesos ($ 100,000). El Cuerpo de Bomberos deberá atender al servicio y amortización de la deuda hipotecaria, a fin de que ésta esté cancelada al término del plazo del usufructo.
Art. 3.o La presente ley comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.
Y por cuanto, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.