MODIFICA DECRETO Nº 6 EXENTO DE 1997, SOBRE CIRCULACION DE VEHICULOS Y SU USO PRIVATIVO
Núm. 62 exento.- Santiago, 13 de marzo de 2000.- Vistos: el decreto exento Nº 6 de 1997 de esta Secretaría de Estado; lo establecido en los artículos 1º y 3º del decreto ley Nº 799 de 1974, y sus modificaciones; el D.S. (I) Nº 654 de 1994; el D.S. (I) Nº 976 de 1995; la resolución Nº 520 de 1996 y el dictamen Nº 35.593 de 1995 de la Contraloría General de la República, la ley Nº 18.993 Orgánica del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
D e c r e t o:
1.- Sustitúyese el Nº 2 del decreto exento Nº 6 de 1997, por el siguiente:
2.- Autorízase a los funcionarios que a continuación se individualizan para usar privativamente, en el desempeño de sus funciones, los vehículos señalados en el artículo anterior:
Gonzalo Martner Fanta : Jefe División de Coordinación
Interministerial.
Luis Sánchez Castellón : Jefe División de Relaciones
Políticas e Institucionales.
Eugenio Ortega Frei : Jefe División de Estudios.
Tegualda Peña Reyes : Jefe División de
Administración General.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Alvaro García Hurtado, Ministro Secretario General de la Presidencia de la República.- José Miguel Insulza Salinas, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Tegualda Peña Reyes, Directora Administrativa Ministerio Secretaría General de la Presidencia.