CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA BERTA LUISA FERNANDEZ LAGOS VIUDA DE NELSON. OTROS BENEFICIOS

    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

NOTA:
      El DTO 2121, Interior, publicado el 03.12.1973, rectificó el presente decreto ley en el sentido que el nombre correcto de la persona indicada es Erna Luisa Fernández Lagos viuda de Nelson, y no como se indica.
    "Artículo único.- Concédese, por gracia, una pensión mensual equivalente a dos sueldos vitales mensuales escala A), del departamento de Santiago, a doña Berta Luisa Fernández Lagos viuda de Nelson; una equivalente a un sueldo vital mensual escala A), del departamento de Santiago, a cada uno de los hijos menores de don Sergio Orlando Nelson Beltrán, Sergio Alberto Nelson Fernández y al que estaba por nacer a la fecha de su fallecimiento, hasta que cumplan la edad de 21 años o 23, si fueren estudiantes universitarios, y una equivalente a tres cuartos de vital mensual escala A), del departamento de Santiago, a cada uno de los padres del mismo señor Nelson Beltrán, don Sergio Nelson Tapia y doña María Dolores Beltrán de Tapia.
    El mayor gasto que signifique la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.".

NOTA:
      El DTO 2121, Interior, publicado el 03.12.1973, rectificó el presente decreto ley en el sentido que el nombre correcto de la persona indicada es Erna Luisa Fernández Lagos viuda de Nelson, y no como se indica.
    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a quince de Noviembre de mil novecientos setenta y dos.- SALVADOR ALLENDE GOSSENS.- Orlando Millas C.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Patricio Morales Salinas, Subsecretario de Hacienda.