DEJA SIN EFECTO RESOLUCION Nº 5 DE 1999, Y MODIFICA PLAN REGULADOR COMUNAL DE CONCEPCION, CALLE 8 ORIENTE, COMUNA DE CHIGUAYANTE

(Resolución)

    Núm. 1.- Concepción, 20 de enero de 2000.- Vistos:

a)  El Ord. Nº 351 de fecha 31 de diciembre de 1997, del Director de Obras de la I. Municipalidad de Chiguayante, mediante el cual propone al Sr. Alcalde  la modificación del Plan Regulador Comunal de Concepción, calle 8 Oriente, comuna de Chiguayante, que consiste en una modificación al Plano y a la Ordenanza del Plan Regulador Comunal de Concepción, en la parte territorial correspondiente a la nueva comuna de Chiguayante, en el sentido de definir en dicho plano la faja de terreno de 28 m. entre líneas oficiales y 34 m. entre líneas de edificación, como prolongación de la calle 8 Oriente, de acuerdo a lo graficado en el plano de modificación que se adjunta y agregar en el Cuadro de Vialidad Estructurante del artículo 21 de la Ordenanza Local, el tramo respectivo que se prolonga.
b)  Certificado Nº 7 de fecha 18 de marzo de 1998 del Sr. Secretario Municipal de la I. Municipalidad, en el cual deja constancia que se publicaron los avisos pertinentes en el diario ''La Crónica'' de Concepción, con fecha 7 y 11 de febrero de 1998, que el proyecto de modificación estuvo en exhibición durante 30 días corridos, esto es, entre el 12 de febrero y el 13 de marzo de 1998 y certificado Nº 9 de fecha 3 de abril de 1998 del Sr. Secretario Municipal, por el cual se deja constancia que durante el lapso comprendido entre el 19 de marzo y el 2 de abril de 1998 no se presentaron observaciones a dicha modificación.
c)  El acuerdo Nº 31-14-98 de la Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Municipal de Chiguayante, celebrada el día 7 de abril de 1998, en el cual la modificación propuesta fue aprobada por los señores Concejales.
d)  El decreto alcaldicio Nº 233 de fecha 16.4.98 de la I. Municipalidad de Chiguayante que aprueba la modificación del Plan Regulador Comunal ya citado.
e)  El ordinario Nº 153 de fecha 16 de abril de 1998 del señor Alcalde de la I. Municipalidad de Chiguayante, mediante el cual remite a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región del Bío-Bío, los antecedentes relativos a dicho instrumento de planificación.
f)  El memorándum s/n de fecha 12 de junio de 1998 del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial del Minvu de esta Región, el que adjunta el informe técnico del 10 de junio de 1998, que informa la modificación al Plano Regulador Comunal de Concepción.
g)  Ordinario Nº 1216 de fecha 19-6-98, del señor Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región del Bío-Bío, mediante el cual remite al Gobierno Regional del Bío-Bío todos los antecedentes relativos a la modificación del Plan Regulador mencionado, acompañándose Ord. 125/98 de CONAMA, en el sentido de estimarse que no era obligatorio someterlo al SEIA.
h)  Certificado Nº 530/o21 de fecha 26.11.98 de la Secretario Ejecutivo y Ministro de Fe del Consejo de Gobierno Regional, que acredita que en sesión ordinaria Nº 21 de fecha 25.11.98 se aprobó por la mayoría de los Consejeros presentes, la proposición de la modificación del Plan Regulador, ya citado.
i)  Oficio Nº 00329 de fecha 3.02.99 de la Contraloría Regional del Bío-Bío, mediante el cual se devuelven los antecedentes, para los efectos de acompañarse la evaluación de impacto ambiental, al tenor de la normativa vigente; Ord. Nº 276/99 del Gobierno Regional a la I. Municipalidad de Chiguayante, devolviendo los antecedentes para dar cumplimiento a lo antes señalado.
j)  Resolución exenta Nº 122/99, de fecha 26.04.99 de la CONAMA Región del Bío-Bío, mediante la cual se aprueba la DIA, de la ''Modificación del Plan Regulador, calle 8 Oriente de Chiguayante''.
k)  Ordinario Nº 1.640 de fecha 28.07.99 del señor Intendente de la Región del Bío-Bío, mediante el cual se solicita al Consejo de Gobierno Regional, su aprobación, si fuere procedente.
l)  Certificado Nº 593/e7 de fecha 05.08.99 del Secretario Ejecutivo y Ministro de Fe del Consejo de Gobierno Regional, que acredita que en sesión extraordinaria Nº 7 de fecha 4.08.99 se aprobó por la mayoría de los Consejeros presentes, la proposición de ''Modificación Plan Regulador Comunal de Concepción, calle 8 Oriente, comuna de Chiguayante''.
j)  Lo dispuesto en el artículo 43 inciso 1º del D.F.L.
Nº 458 (V. y U.) de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones, en los artículos 2.1.7 y 2.1.13 del D.S.
Nº 47 (V. y U.) de 1992, que contiene la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; lo previsto en los artículos 20 letra f); 24 letra o) y artículo 36 letra c) de la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; lo dispuesto en la resolución Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República, que fija el texto refundido y sistematizado de la resolución del mismo organismo indicado:

    R e s u e l v o:

    1.- Se deja sin efecto la resolución Nº 5 de fecha 13 de enero de 1999 mediante la cual se Promulga la Modificación del Plan Regulador Comunal de Concepción, calle 8 Oriente, comuna de Chiguayante, por las circunstancias que se señalan en oficio Nº 00329 de fecha 3.02.99 de la Contraloría Regional del Bío-Bío.
    2.- Se promulga la modificación del Plan Regulador Comunal de Concepción, en la parte territorial correspondiente a la comuna de Chiguayante, aprobado por D.S. Nº 141 (V. y U.), de fecha 31-8-82, publicado en el Diario Oficial de fecha 20-10-82, en el sentido de modificar la calificación, en el tramo y anchos de la calle 8 Oriente de Chiguayante, de conformidad a lo graficado en el Plano denominado ''Modificación Plan Regulador Comunal de Chiguayante, calle 8 Oriente'', confeccionado a escala 1:10.000, por la Dirección de Obras Municipales de Chiguayante.
    3.- Sustitúyase asimismo, en el artículo 21 de la Ordenanza Local el renglón correspondiente a la vía 8 Oriente por el siguiente nuevo renglón:


Nombre  Clasificación  Tramo  Existente  Ancho  Ancho
de la                      o proyectada entre  entre
Vía                            (E o P)  Líneas Líneas
                                        Oficiales de
                                                Edifi-
                                                cación

8 Oriente  Colectora Santa Sofía  P    28 m.  34 m.
            Primaria  Acceso a
                      Chiguayante

    4.- Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial de la República y un extracto de la misma en algún diario de mayor circulación de la comuna.
    5.- Archívese el Plano ''Modificación Plan Regulador Comunal Chiguayante, calle 8 Oriente'', en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.

    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- Martín Zilic Hrepic, Intendente Regional Región del Bío-Bío.