MODIFICA DISPOSICION LEGAL QUE INDICA
Santiago, 27 de Agosto de 1979.- Hoy se decretó lo que sigue:
DFL. Nº 17-2.345.- Vistos: Lo dispuesto por los decretos leyes Nºs. 527, de 1974; 2.345, artículo 7º, de 1978, y decreto con fuerza de ley Nº 10-2.345, de 1979.
Considerando: Que es necesario corregir una omisión involuntaria cometida en la redacción de la letra e) del artículo 9º del decreto con fuerza de ley Nº 10-2.345, de 1979, dicto el siguiente,
Decreto con fuerza de ley:
Artículo único.- Modifícase el texto de la letra e) del artículo 9º del decreto con fuerza de ley Nº 10-2.345, de 1979, debiendo quedar como se indica a continuación:
"e) Nombre de los denunciantes o aprehensores".
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Enrique Montero Marx, Coronel de Aviación (J), Subsecretario del Interior.