ARTICULO 18° DEROGADO
LEY 19768
Art. 5° c)
D.O. 07.11.2001
NOTA: 1
NOTA: 1
NOTA: 1
El Art. 1° transitorio de la LEY 19768, publicada el 07.11.2001, dispuso que la presente modificación entrará en vigencia el primer día del mes siguiente a aquel en el cual se cumplan noventa días desde su publicación.