DELEGA EN EL MINISTRO SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA FACULTAD  QUE INDICA

    Núm. 43.- Santiago, 20 de marzo de 2000.- Visto: Lo establecido en los artículos 5º y 43º de la  ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; lo previsto en el artículo 38 letra f) de la ley Nº 10.336, sobre Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República; y las atribuciones de los artículos 32 Nº 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,
    Considerando: La conveniencia de agilizar la tramitación de documentos que provocan un recargo innecesario en el despacho presidencial.

    D e c r e t o:

    Delégase en el Ministro Secretario General de la Presidencia de la República la facultad de suscribir, bajo la fórmula ''Por orden del Presidente de la República'', los decretos supremos que dispongan Rehabilitaciones Administrativas en favor de ex funcionarios públicos que hayan cesado en su cargo, a consecuencia de la aplicación de una medida disciplinaria.

    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Alvaro García Hurtado, Ministro Secretario General de la Presidencia.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Eduardo Dockendorff Vallejos, Subsecretario General de la Presidencia de la República.