MODIFICA DECRETO N° 679, DE 1971 Santiago, 15 de Octubre de 1991.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 1.021.- Vistos: La facultad que me otorga el N° 8 del artículo 32° de la Constitución Política del Estado,
    Decreto:

    Artículo único.- Modifícase el decreto N° 679, de 18 de Mayo de 1971, del Ministerio del Interior, que instituyó y Reglamentó el otorgamiento y uso de condecoraciones "De Servicio de la Presidencia de la República" en la siguiente forma:
    1) En su artículo primero, sustitúyese la consjunción "y" por una coma "," entre las palabras Armada y Fuerza Aérea, y suprímase la frase entre paréntesis "(Escolta de S.E.)" que sigue al sustantivo Carabineros.
    2) En el artículo 2° reemplázase la expresión "a Contrata de Carabineros" por "de Nombramiento Institucional de Carabineros"; y agréguese el siguiente inciso:
    "Esta condecoración es incompatible con la que se otorgue al personal de la Guardia Presidencial de Carabineros".

    Tómese razón, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Enrique Krauss Rusque, Ministro del Interior.
    Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Belisario Velasco Baraona, Subsecretario del Interior.