MODIFICA DECRETO N° 466, DE 1992, QUE REGLAMENTA SISTEMA DE RENEGOCIACION Y DE SUBVENCION PARA DEUDAS QUE INDICA
    Santiago, 28 de Junio de 1994.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 1.025.- Vistos: el Decreto N° 466, de 1992, del Ministerio del Interior, modificado por los decretos N° 1.637, de 1992, N° 931, de 1993, y N° 1.937, de 1993, del mismo Ministerio; lo dispuesto en el artículo 32 N° 8 de la Constitución Política de la República, y considerando que el sistema previsto en el decreto N° 466, citado, favorece a personas de escasos recursos que han obtenido solución habitacional a través del financiamiento otorgado por el Fondo Social Presidente de la República y Fondo Nacional de Desarrollo Regional, muchas de las cuales no han podido, hasta la fecha, acogerse a la renegociación y subvención que regula, especialmente por encontrarse en regiones apartadas o por haberles sido necesario realizar diversas gestiones administrativas previas para establecer la situación jurídica de las viviendas y deudas correspondientes.
    Decreto:

    Modifícase el Decreto N° 466, de 28 de Abril de 1992, del Ministerio del Interior, publicado en el Diario Oficial de 23 de Septiembre de 1992, y reemplázase, en el artículo noveno, la frase "30 de Junio de 1994" por las expresiones "30 de Junio de 1995".

    Anótese, tómese razón y publíquese.- GERMAN CORREA DIAZ, Vicepresidente de la República.- Belisario Velasco Baraona, Ministro del Interior Subrogante.
    Lo que transcribo a usted, para su conocimiento.- Saluda a Ud., Jorge Rodríguez Grossi, Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo.