Artículo único.- Autorízase, por gracia, a doña Enriqueta Casarejos Soler, para que reintegre las imposiciones correspondientes al período comprendido entre el 1º de Julio de 1937 y el 31 de Diciembre de 1945.
    La Caja de Previsión de los Empleados Particulares procederá a recibir las imposiciones por dicho período, las que serán de cargo de la interesada.