PROMULGA EL TERCER PROTOCOLO ADICIONAL A LA CONSTITUCION DE LA UNION POSTAL DE LAS AMERICAS Y ESPAÑA Y DIVERSAS RESOLUCIONES Y RECOMENDACIONES, APROBADAS EN EL CURSO DEL XIII CONGRESO DE DICHO ORGANISMO
N° 1.040
AUGUSTO PINOCHET UGARTE
Presidente de la República de Chile
POR CUANTO, con fecha 23 de marzo de 1985 el XIII Congreso de la Unión Postal de las Américas y España, celebrado en La Habana, Cuba, adoptó el Tercer Protocolo Adicional a la Constitución de dicho Organismo Internacional y diversas Resoluciones y Recomendaciones.
Y POR CUANTO, el Tercer Protocolo Adicional a la Constitución de la Unión Postal de las Américas y España fue aceptado por mí, previa aprobación de la Honorable Junta de Gobierno, según consta en el Acuerdo adoptado con fecha 23 de junio de 1987; y el Instrumento de Ratificación se depositó ante el Gobierno de la República Oriental del Uruguay con fecha 14 de agosto de 1987.
POR TANTO, en uso de la facultad que me confieren los artículos 32, N°s. 8° y 17°, y 50, número 1) de la Constitución Política de la República, dispongo y mando que se cumpla y lleve a efecto como Ley y que se cumplan en todas sus partes las Resoluciones y Recomendaciones adoptadas por el XIII Congreso de la Unión Postal de las Américas y España, depositándose copias debidamente autenticadas del Protocolo Adicional y de las Resoluciones y Recomendaciones, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y en la Contraloría General de la República, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N° 18.158.
Dado en la Sala de mi despacho y refrendado por el Ministro de Estado en el Departamento de Relaciones Exteriores, a los diez días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y siete.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Francisco Ramírez Migliassi, Brigadier General, Ministro de Relaciones Exteriores subrogante.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Carlos Negri Chiorrini, Embajador, Director General Administrativo.