PRORROGA POSTERGACION DE PERMISOS MUNICIPALES EN SECTOR LOCALIDAD DE TONGOY, COMUNA DE COQUIMBO

    Santiago, 19 de Noviembre de 1985.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 202.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 2° y 9° de la Ley No. 16.391 y 12 letra i). del DL No.
1.305, de 1976; el artículo 117 del DFL No. 458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones; el Decreto Alcaldicio No. 139, de 14 de Agosto de 1985, de la I. Municipalidad de Coquimbo; el Ordinario No. 496, de 30 de Octubre de 1985, del Sr. Alcalde de la I. Municipalidad de Coquimbo; el Ordinario No. 657, de 31 de Octubre de 1985, de la Secretaría Ministerial de Vivienda y Urbanismo IV Región de Coquimbo; el Ordinario No. 390, de 11 de Noviembre de 1985, de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; y, los demás antecedentes que se acompañan,
    Decreto:

    Artículo único.- Prorrógase hasta el 14 de Febrero de 1986 inclusive, la postergación de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones en el área definida en el Decreto Alcaldicio No. 139, de 14 de Agosto de 1985, de la I. Municipalidad de Coquimbo.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Miguel A. Poduje Sapiaín, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Dios guarde a US.- Luis Salas Romo, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.