Artículo único.- Autorízase, por gracia, a doña Norma Gabriela Isla Ríos, para que reintegre las imposiciones correspondientes al período comprendido entre el 1º de Julio de 1953 y el 30 de Noviembre de 1959.
    La Caja de Previsión de Empleados Particulares procederá a recibir las imposiciones por dicho período, las que serán de cargo de la interesada.