COMPLEMENTA DECRETO N° 589, DE 1995

    Núm. 1.069.- Santiago, 21 de agosto de 1995.- Vistos: Los artículos 32, N°s. 8 y 17, y 50 N° 1), inciso segundo, de la Constitución Política de la República; el Decreto con Fuerza de Ley N° 161, de 1978; la ley N° 18.158 y el Decreto Supremo N° 589, de 1995, del Ministerio de Relaciones Exteriores.

    D e c r e t o:

    Artículo único: Compleméntase el Decreto Supremo N° 589, de 1995, del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el sentido de que la publicación del Convenio se hará en la forma establecida en la ley N° 18.158.

    Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- José Miguel Insulza Salinas, Ministro de Relaciones Exteriores.
    Lo que transcribo a US., para su conocimiento.- José Tomás Letelier Vial, Embajador, Director General Administrativo.