DECLARA CADUCIDAD DE RESOLUCION Nº 348, DE 1981
    Núm. 236.- Santiago, 29 de Abril de 1985.- Visto: La solicitud de don Luis Lagos Flores; lo informado por el Servicio Nacional de Pesca por Oficio Nº 1019, de 25 de Abril de 1985; lo dispuesto en la resolución Nº 348, de 1981, de la Subsecretaría de Pesca; en el decreto Nº 175, de 1980, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; en el DFL Nº 34, de 1931, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº 5, de 1983; y en el DL Nº 2.442, de 1978,
    Resuelvo:

    1º.- Declárase la caducidad de la resolución Nº 348, de 23 de Octubre de 1981, de la Subsecretaría de Pesca, que autorizó a don Luis Lagos Flores, RUN 8.528.758-3, domiciliado en el sector Las Coloradas, Río Tornagaleones, provincia de Valdivia, para instalar y operar un establecimiento de cultivo de chorito y choro en un área del río Tornagaleones, por haber incurrido en la causal establecido en el artículo 7º del decreto de Economía Nº 175, de 1980.

    2º.- Transcríbase copia de la presente resolución a la Subsecretaría de Marina del Ministerio de Defensa Nacional.

    Anótese, notifíquese y publíquese por cuenta de la Subsecretaría de Pesca.- Roberto Verdugo Gormaz, Subsecretario de Pesca.
    Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Rosa Feijoo Guzmán, Jefe Administrativo.