CONCEDE PERSONALIDAD JURIDICA Y APRUEBA ESTATUTOS A "ASOCIACION NACIONAL DE FUNCIONARIOS PENITENCIARIOS", DE SANTIAGO
Santiago, 25 de Febrero de 1991.- Hoy se decreto lo que sigue:
Núm. 253.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el Decreto Supremo de Justicia No. 110, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, y lo informado por el señor Intendente de la Región Metropolitana, y
Considerando:
1.- Que la entidad denominada "Asociación Nacional de Funcionarios de Prisiones-ANFUP", cuya personalidad jurídica fuera concedida por Decreto No. 2.060, de 19 de agosto de 1966 y que agrupaba a los funcionarios del Servicio de Prisiones, hoy denominado Gendarmería de Chile, fue cancelada por el Decreto Ley No. 1.975, publicado en el Diario Oficial de 5 de noviembre de 1977.
2.- Que los funcionarios penitenciarios del país, necesitan una entidad que les permita obtener los beneficios propios de una corporación de derecho privado, sin fines de lucro, regida por el Título XXXIII del Libro I del Código Civil.
3.- Que la actual entidad denominada "Asociación Nacional de Funcionarios Penitenciarios", cuya sigla será "ANFUP", formada por funcionarios y ex - funcionarios de Gendarmería de Chile, con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana, debe contar a la brevedad con el beneficio de la personalidad jurídica, para dar cumplimiento a sus objetivos destinados a procurar el bienestar de sus asociados, promover su mejoramiento moral y material, facilitando la unión y la solidaridad entre los funcionarios penitenciarios;
4.- Que la constitución y estatutos de dicha corporación se ajustan a derecho,
5.- Que lo expuesto constituye un fundamento suficiente y calificado para dar aplicación a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 23 del Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica,
Decreto:
1.- Concédese personalidad jurídica a la entidad denominada "Asociación Nacional de Funcionarios Penitenciarios, que podrá usar la sigla "ANFUP", con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago.
2.- Apruébanse los estatutos por los cuales se ha de regir la citada entidad, en los términos de que dan testimonio las escrituras públicas de fechas 11 de Enero y 19 de Febrero de 1991, otorgadas ante el Notario Público de Santiago, don Arturo Carvajal Escobar.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Martita Wörner Tapia, Ministro de Justicia Subrogante.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente.-Bernardo Espinosa Bancalari, Subsecretario de Justicia Subrogante.