Artículo 12°. Toda escritura que se extienda conLEY 16742
ART. 78 d)
motivo de la construcción o transferencia de "viviendas económicas", estará afecta solamente al 25% de los impuestos Ley 20780
Art. 7
D.O. 29.09.2014
que correspondan hasta el plazo de dos años siguientes a su recepción, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 13°.