CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA LILIA DEL CARMEN LAURIE MANRIQUEZ
Santiago, 18.01.85.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 73.- Visto: Lo dispuesto en el Art. 32° N° 13, de la Constitución Política de la República de Chile, en la Ley N° 18.056, el informe favorable emitido en reunión de fecha 19 de Diciembre de 1984, de la Comisión Especial, creada por decreto supremo N° 1.928, de Interior, y
Considerando: Que doña Lilia del Carmen Laurie Manríquez, se encuentra en la situación prevista en la letra a), del Art. 2°, de la Ley, la que ha sido debidamente calificada por el Ministerio del Interior, dando cumplimiento a lo dispuesto en su Art. 3°, mediante Oficio Reservado N° 8.070, de 07 de Diciembre de 1984.
Decreto:
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Lilia del Carmen Laurie Manríquez, una pensión equivalente a dos ingresos mínimos mensuales de la Región Metropolitana de Santiago.
El gasto que demande el presente decreto supremo, se imputar al Item "Jubilaciones, Pensiones y Montepíos, del Programa Operaciones Complementarias del Presupuesto vigente del Tesoro Público.
Anótese, tómese razón, comuníquese y Publíquese. AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República. Sergio O. Jarpa, Ministro del Interior.- Luis Escobar Cerda, Ministro de Hacienda. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Juan Ignacio García Rodríguez, Subsecretario del Interior, suplente.