LIBRO PRIMERO

    DE LA ORGANIZACION Y DIRECCION DE LOS SERVICIOS
SANITARIOS

    TITULO I

    De la Administracion Sanitaria Central

    Artículo 1. Corresponde el cuidado de la salud pública al Gobierno y a las municipalidades, conforme a los artículos 72 y 119 de la Constitucion Política, y a las disposiciones de este Código.