PRORROGA PARA AÑO 2000 VIGENCIA DE DECRETO Nº 313, DE 1997

    Núm. 395.- Santiago, 16 de marzo de 2000.- Vistos: El artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política del Estado; la Ley Nº 19.651 sobre presupuesto del sector público para el año 2000; lo dispuesto en los artículos 32, 35, 36 y 37 del DFL 33 de 1979 del Ministerio de Relaciones Exteriores; los decretos Nºs. 1.912 de 1996, 313 de 1997, 427 y 2.227 de 1998, de esta Secretaría de Estado y las resoluciones Nºs. 55 de 1992 y 520 de 1996, de la Contraloría General de la República,

    Considerando la necesidad de hacer operativo para el año 2000 el factor de escolaridad a que alude la glosa Nº 2 letra d) del Presupuesto de Gastos para la Secretaría y Administración General y Servicio Exterior de esta Secretaría de Estado.

    D e c r e t o:

    1. Prorrógase para el año 2000 la vigencia del decreto Nº 313 de 1997 complementado por decreto Nº 1.354 de 1999, que estableció un factor adicional de incremento basado en indicadores de escolaridad, para el personal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
    Regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- María Soledad Alvear Valenzuela, Ministra de Relaciones Exteriores.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Pedro Barros Urzúa, Director General Administrativo Subrogante.